Notas
1/La tasa de interés interbancaria de equilibrio (TIIE)
se determina por el Banco de México con base en cotizaciones
presentadas por las instituciones de crédito, teniendo como fecha de inicio
la publicación en el Diario Oficial de la Federación. El procedimiento
de cálculo de dicha tasa se establece en el Título Tercero, Capítulo IV, de la Circular 3/2012
emitida por el Banco de México
y el Diario Oficial de la Federación el 2 de Marzo de 2012.
2/La tasa de interés interbancaria promedio (TIIP) a 28 días se empezó a
calcular en enero de 1993, conforme a la circular 1996/93 del Banco de
México, dejó de ser publicada el 31 de diciembre de 2001 de acuerdo con lo
establecido en el Diario Oficial de la Federación del 23 de marzo de 1995.
3/Tasa de interés interbancaria determinada todos los días hábiles bancarios
por Reuters con base en cotizaciones de tasas de interés proporcionadas
por la banca comercial. Para mayor información consulte la pagina en
Internet de la Asociación de Banqueros de México.
4/Tasa representativa de las operaciones de mayoreo realizadas por la
banca y casas de bolsa sobre las operaciones en directo y en reporto
a plazo de un día con certificados de depósito, pagarés
bancarios y aceptaciones bancarias que hayan sido liquidadas en el
sistema de entrega contra pago del INDEVAL.
5/Tasa representativa de las operaciones de mayoreo realizadas por la
banca y casas de bolsa sobre operaciones en reporto a plazo de un
día con títulos de deuda gubernamental que hayan sido
liquidados en el sistema de entrega contra pago del INDEVAL.
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