(CA264) - Volumen producido de las asignaciones por tipo de hidrocarburo desagregado por región (flujos diarios)

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Fondo Mexicano del Petróleo
Volumen producido de las asignaciones por tipo de hidrocarburo desagregado por región \1\2\3\4 (flujos diarios)

Hidrocarburo Región fiscal Periodo
Sep‑23 Oct‑23 Nov‑23 Dic‑23 Ene‑24 Feb‑24
Petróleo (Miles de Barriles diarios) Áreas Terrestres 326 316 N/E N/E 319 316
Aguas Someras \5 1,080 1,073 N/E N/E 1,055 1,056
Aguas Profundas \6 0 0 N/E N/E 0 0
Paleocanal de Chicontepec 32 31 N/E N/E 30 30
Gas Natural No Asociado 0 0 N/E N/E 0 0
Total 1,438 1,420 N/E N/E 1,404 1,402
Condensados (Miles de Barriles diarios) Áreas Terrestres 7 8 N/E N/E 6 7
Aguas Someras \5 73 71 N/E N/E 49 45
Aguas Profundas \6 0 0 N/E N/E 0 0
Paleocanal de Chicontepec 1 1 N/E N/E 1 1
Gas Natural No Asociado 258 263 N/E N/E 258 255
Total 339 342 N/E N/E 314 308
Gas Natural \7 \8 (Millones de pies cúbicos diarios) Áreas Terrestres 667 648 N/E N/E 632 624
Aguas Someras \5 1,700 1,603 N/E N/E 1,363 1,362
Aguas Profundas \6 0 0 N/E N/E 0 0
Paleocanal de Chicontepec 48 48 N/E N/E 43 44
Gas Natural No Asociado 1,896 1,931 N/E N/E 1,882 1,879
Total 4,311 4,230 N/E N/E 3,920 3,909

Fuente: FMP con información proporcionada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
N/E = Información no disponible.
\1 En caso que el SAT haya omitido la carga de información relativa a las asignaciones a través del Sistema de Información para los Pagos de las Asignaciones y Contratos de Hidrocarburos (SIPAC), el FMP estará imposibilitado para reportar dichos datos. Lo anterior, con fundamento en el Anexo de Ejecución 01 del Convenio de Colaboración, Coordinación y Asistencia Técnica suscrito por la Secretaría de Energía, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Comisión Nacional de Hidrocarburos, el SAT y el FMP, el cual establece que el SIPAC es el repositorio central de información relativa a las asignaciones y contratos para la exploración y extracción de hidrocarburos.
\2 Cifras sujetas a revisión.
\3 Se refiere a las regiones definidas en la LISH, artículo 48, fracción X.
\4 El Acuerdo (02/2015) que expidió la SHCP establece que los asignatarios tendrán hasta el 31 de diciembre de 2015 para establecer los sistemas de información necesarios para presentar la información desagregada correspondiente a la calidad de los hidrocarburos. El Acuerdo (10/2016) que expidió la SHCP, establece que los asignatarios se sujetarán al régimen transitorio de medición previsto en los Lineamientos Técnicos en Materia de Medición de Hidrocarburos vigentes, emitidos por la Comisión Nacional de Hidrocarburos hasta en tanto se cumpla con la actualización de los sistemas de medición conforme a los términos de los citados lineamientos. (Artículo 3ro. transitorio del Acuerdo (10/2016) publicado en el DOF el 12 de febrero de 2016).
\5 Se refiere a la región de áreas marinas con tirante de agua inferior a los 500 mts.
\6 Se refiere a la región de áreas marinas con tirante de agua superior a los 500 mts.
\7 Para la región "Gas natural no asociado" se encuentra acumulado el hidrocarburo del mismo nombre, aún cuando parte de éste haya sido extraído en otra región.
\8 Factor de conversión: 1 pie cúbico =1.03 Miles de BTU de gas natural.