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Falsificación (billetes y monedas)

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga al Estado la responsabilidad de acuñación de la moneda y la emisión de billetes, de conformidad con el artículo 28 constitucional. Gracias a ello, los signos monetarios gozan de credibilidad y confianza como instrumento de pago y medida de valor.

Dado que el Estado es quien posee la facultad de establecer los signos monetarios, una pieza hecha por persona diferente al Banco de México o la Casa de Moneda de México es conocida como pieza apócrifa o falsificada, en tanto que una pieza alterada es aquella que es modificada para darle un uso distinto al ser medio de pago o medida de valor.

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