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La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga al Estado la responsabilidad de acuñación de la moneda y la emisión de billetes, de conformidad con el artículo 28 constitucional. Gracias a ello, los signos monetarios gozan de credibilidad y confianza como instrumento de pago y medida de valor.
Dado que el Estado es quien posee la facultad de establecer los signos monetarios, una pieza hecha por persona diferente al Banco de México o la Casa de Moneda de México es conocida como pieza apócrifa o falsificada, en tanto que una pieza alterada es aquella que es modificada para darle un uso distinto al ser medio de pago o medida de valor.
En el sitio web puedes consultar:
- Información para verificar la autenticidad los billetes y las monedas en la sección de Billetes y monedas / Información general / Billetes y monedas de fabricación actual / Material de referencia.
- Series anuales con el número billetes falsos captados en la sección de Billetes y monedas / Estadísticas.
- Todas las disposiciones vigentes acerca de la falsificación en la sección de Billetes y monedas / Disposiciones / Legislación de interés.
- Información de qué hacer en caso de recibir una pieza presuntamente falsa, y una aplicación para conocer el resultado del análisis de piezas retenidas como presuntamente falsas en la sección de Billetes y monedas / Servicios.
- Una ficha de con información de qué hacer en caso de recibir una pieza presuntamente falsa en la sección de Billetes y monedas / Material de referencia / Material audiovisual y fichas sobre billetes y monedas.
- Información que detalla los elementos de seguridad de los billetes en la sección de Billetes y monedas / Material de referencia.
- Información sencilla que detalla los elementos de seguridad de los billetes y monedas en la sección de Divulgación / Billetes y monedas / 3. Características de los billetes y monedas.
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