Elementos de seguridad en los primeros billetes de 20 pesos de polímero (tipo D1)

Elementos de seguridad en billetes de 20 pesos de polímero

Le confiere a la superficie de los billetes una característica que se puede percibir al tacto, es decir, al tocar con la yema de los dedos.

Se observa el número 20 sobre líneas diagonales.

Ventana transparente en el billete de $20 de polímero

Enmarcando el anverso y reverso de los billetes se encuentran unas líneas en donde se puede observar la microimpresión, la cual consiste en la impresión repetida del texto "BANCO DE MEXICO”.

Líneas microimpresas en billetes de 20 pesos de polímero

Es un hilo continuo que puede verse a simple vista.

Hilo de seguridad en billetes de 20 pesos de polímero

Consiste en impresiones realizadas por ambas caras del billete que, al verse a contraluz, se complementan exactamente formando el número 20.

Registro perfecto en el billete de $20 de polímero

Al observar el billete contraluz ya sea por el anverso o por el reverso, se puede observar una imagen formada por dos números 20.

Imagen translúcida en el billete de $20 de polímero

Son figuras formadas por líneas que tienen diferentes grosores y separaciones. La impresión de éstas, como las del resto del billete, es a base de líneas y no de puntos. Así mismo, estas imágenes forman el colorido del billete.

Fondo lineal en el anverso del billete de $20 de polímero
Fondo lineal en el reverso del billete de $20 de polímero
Anverso
Reverso
Polímero

Los billetes de polímero están impresos en un substrato que no brilla bajo la luz ultravioleta (lámpara negra). Al observar los billetes bajo esa luz, “NO” brillan. Las imitaciones de billetes, al ser sometidos a la revisión con luz ultravioleta, “SÍ” brillan.

Billetes bajo luz negra

Tinta fluorescente

El reverso de los billetes está impreso con tinta fluorescente, la cual brilla al ser expuesta a la luz ultravioleta.

Tinta fluorescente en el reverso de los billetes de $20 de polímero

NOTA:
LA LEY MONETARIA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ESTABLECE QUE ESTÁ prohibida la imitación o reproducción total o parcial, de monedas metálicas o de billetes, nacionales o extranjeros, salvo en aquellos casos en que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público lo autorice expresamente.