CIRCULAR NÚM.: 1972/1989



 

México, D. F., 7 de julio de 1989


A NUESTRAS SUCURSALES, CORRESPONSALES
E INSTITUCIONES DE CRÉDITO DEL PAÍS:
 

ASUNTO:

Cambios en el nuevo billete de veinte mil pesos.
 

En circular núm.  1932/85 del 11 de noviembre de 1985, dimos a conocer a ustedes las características del billete de veinte mil pesos impreso en México.  Con el propósito de reducir en lo posible los costos para la fabricación de esta pieza, así como de incrementar la productividad de nuestros procesos de manufactura, hemos decidido efectuar algunos cambios en el diseño y en la impresión del citado billete, a partir de la serie “CC”.

Los motivos principales, textos y numerales que caracterizan a los billetes actualmente en circulación se siguen conservando, tanto en el anverso como en el reverso del billete modificado.  Los cambios más sobresalientes son: 

-         El papel azul claro, cambia al color durazno claro que caracteriza a los billetes de dos mil, cinco mil y diez mil pesos. 

-         La marca de agua o filigrana de Don Andrés Quintana Roo, visible a trasluz en la zona sin impresión de los billetes, se suprime y, en su lugar se continúan el grabado del paisaje de Tulum en el anverso y la Estela de Bonampak en el reverso, junto con figuras geométricas acordes con el diseño. 

-         Los diversos tonos azules, que destacan en el reverso, se cambian a un solo tono de azul más oscuro y se acentúa la coloración rojiza de los fondos del billete en ambas caras de las nuevas piezas. 

Otras modificaciones que se aprecian en los nuevos billetes son: 

-         Un solo folio que se imprime en el ángulo superior izquierdo del anverso; anteriormente se imprimían dos folios en el reverso. 

-         Una sola serie en el ángulo superior derecho del anverso, los billetes anteriores presentaban dos series en el anverso. 

-         La fecha cambia de lugar, del ángulo inferior derecho a la parte superior izquierda del anverso del billete. 

Nos permitimos informar a ustedes lo anterior para los fines consiguientes, pues la circulación del billete modificado se iniciará el día 10 de julio del presente año, permitiéndonos aclararles que el billete anterior continuará con el poder liberatorio que le concede el Artículo 4º de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, razón por la cual circulará conjuntamente con la pieza modificada.



A t e n t a m e n t e



BANCO DE MÉXICO