Auto evaluación del grado en que el Sistema de Pagos Electrónicos interbancarios (SPEI) cumple los Principios Básicos del CPSS

CP I -  El sistema deberá contar con una base jurídica sólida en todas las jurisdicciones pertinentes.

Descripción. Banco de México promovió la redacción de una ley que estableciera una base jurídica sólida para los Sistemas de Pago Sistémicamente Importantes (SPSI). En diciembre de 2002, el Congreso aprobó la Ley de Sistemas de Pago, LSP, que asegura la firmeza de los pagos que se liquidan en los SPSI; protege sus reglas ante impugnaciones de autoridades judiciales y administrativas, incluyendo las derivadas de procesos de insolvencia y, le da al Banco de México facultades amplias para supervisar estos sistemas de pago y sancionar a los operadores cuando no sigan las indicaciones del Banco de México o no respeten las reglas.

Evaluación. Cumplido.

Comentarios. Con la LSP, se eliminaron las deficiencias en el marco legal que señaló la misión del Programa de Evaluación del Sistema Financiero (FSAP, por su acrónimo en inglés) del FMI y el Banco Mundial, en 2001.

CP II - Las normas y procedimientos del sistema deben permitir a los participantes comprender claramente el impacto que tiene dicho sistema en cada uno de los riesgos financieros en los que incurren a través de su participación en el mismo.

Descripción. El SPEI liquida sus operaciones en tiempo real, así que el riesgo de liquidez es muy claro. El SPEI no usa líneas de crédito entre participantes y no permite sobregiros, así que no genera riesgos de crédito. Estas caracter&iacutw;sticas del SPEI están descritas claramente en sus reglas y el manual de operación.

Evaluación. Cumplido.

Comentarios. Banco de México, circular 1/2006

CP III - El sistema debe contar con procedimientos claramente definidos sobre la administración de riesgos de crédito y de liquidez que especifiquen las respectivas responsabilidades del operador del sistema y de los participantes, y que brinden los incentivos adecuados para gestionar y contener tales riesgos.

Descripción. El SPEI procesa colas de pagos pendientes de una manera que usa la liquidez mejor que un sistema de liquidación bruta en tiempo real (RTGS, por su acrónimo en inglés). Este mecanismo de compensación no genera riesgos de crédito. Sin embargo, los participantes reciben información sobre algunos pagos para sus clientes que aún no se han liquidado en el sistema. El Banco de México les ha advertido claramente que si usan esta información para hacer abonos en las cuentas de sus clientes, quedan expuestos a riesgo de crédito.
Los participantes pueden separar fondos para liquidar los pagos de alta prioridad y tener m´s control de su liquidez.

Evaluación. Cumplido.

CP IV -  El sistema deberá ofrecer una rápida liquidación en firme en la fecha valor, preferiblemente durante el día y como mínimo al final de la jornada.

Descripción. El SPEI liquida pagos en tiempo real, y la liquidación es firme por la LSP. 

Los participantes pueden separar fondos para liquidar los pagos de alta prioridad y tener m´s control de su liquidez.

Evaluación. Cumplido.

CP V - Los sistemas donde se realicen neteos multilaterales deberán, como mínimo, ser capaces de asegurar la finalización puntual de las liquidaciones diarias en el caso de que el participante con la mayor obligación de liquidación incumpla.

Descripción. El mecanismo de compensación multilateral del SPEI no genera riesgos de crédito, debido a que los ciclos de liquidación se ejecutan con una frecuencia suficiente para clasificar al SPEI como un sistema de liquidación en tiempo real.  Los pagos que no puede liquidar permanecen en una cola de pagos pendientes, sin generar obligaciones de liquidación adicionales que los participantes puedan dejar de cumplir. En sistemas así, el riesgo no se acumula.

Evaluación. No es aplicable.

CP VI – Los activos utilizados para la liquidación deberían ser un derecho frente al banco central; cuando se utilicen otros activos, éstos deberán implicar un riesgo de crédito o de liquidez nulo o ínfimo.

Descripción. El SPEI usa dinero del banco central.

Evaluación. Cumplido.

CP VII - El sistema deberá asegurar un alto grado de seguridad y fiabilidad operativa y deberá contar con mecanismos de contingencia para completar puntualmente el procesamiento diario de sus operaciones.

Descripción. El SPEI usa canales de comunicación dedicados y encriptados para asegurar la confidencialidad de la información. Además, requiere que los participantes añadan firmas digitales, calculadas con criptografía asimétrica, a todas las instrucciones relevantes que envían al sistema, asegurando la autenticidad de las instrucciones. El sistema añade firmas digitales a todos los avisos de liquidación, para asegurar su autenticidad.
El SPEI sólo liquida pagos después de escribir con éxito la información correspondiente en un sistema de respaldo, en un sitio alterno.  En caso que fallara el equipo, se tienen procedimientos, descritos en el manual, para dirigir las conexiones a un sitio alterno y reanudar el servicio rápidamente. El SPEI requiere que los usuarios que procesan muchas operaciones mantengan canales dedicados de comunicación dirigidos a dos nodos de la red de telecomunicaciones.

Evaluación. Cumplido.

CP VIII -  El sistema deberá ofrecer unos medios de pago que sean prácticos para sus usuarios y eficientes para la economía.

Descripción. Los participantes del SPEI definieron varios tipos de mensaje que transportan toda la información que ellos o sus clientes necesitan. Los participantes no necesitan licencias o equipo especial para procesar los mensajes, y las comunicaciones fueron diseñadas para facilitar la automatización de los procesos de las operaciones de pago. 
El SPEI usa un algoritmo que aprovecha la liquidez disponible mejor que un sistema RTGS.
El SPEI comparte los equipos de cómputo del banco central, y usa una fracción modesta de éstos y del personal que supervisa los sistemas de operación.
Las tarifas por pago que cobra el SPEI son casi tan bajas como las que cobra la cámara automatizada de compensación. El SPEI cobra una cuota anual que cubre el costo de la infraestructura de comunicaciones.

Evaluación. Cumplido.

CP IX - El sistema debe tener criterios de admisión objetivos y a disposición del público, que permitan un acceso justo y abierto.

Descripción. El SPEI acepta la participación de todas las instituciones financieras mexicanas que cumplen sus requisitos de operación.

Evaluación. Cumplido.

Comentarios. Circular 1/2006

CP X – Los acuerdos para el buen gobierno del sistema deben ser eficaces, responsables y transparentes.


Descripción. Los administradores del SPEI son responsables ante la Junta de Gobierno del Banco de México. Una de las obligaciones del Banco de México es cuidar el buen funcionamiento de los sistemas de pago y, la opinión de la Junta de Gobierno para el SPEI, es que la forma de lograrlo es que el sistema cumpla con los Principios Básicos para este tipo de sistemas, publicados por el BIS.
Los administradores del SPEI se reúnen regularmente con representantes de los participantes.  En estas reuniones se discuten los asuntos relacionados con el SPEI que solicitan sus participantes o el banco central. Además, los administradores del SPEI se reúnen con los usuarios finales del sistema siempre que tienen alguna queja sobre los servicios que reciben o alguna sugerencia para mejorarlos.  Como resultado de estas reuniones, el Banco de México ha hecho cambios al sistema; el más importante de éstos ha sido abrir la participación en el sistema a instituciones financieras no bancarias.

Evaluación. Cumplido.