CUENTAS BANCARIAS BÁSICAS
DE NÓMINA
PARA EL PÚBLICO EN GENERAL
I. Servicios mínimos que deben ofrecer los bancos, sin cobro de comisiones.
i) Apertura y mantenimiento de la cuenta.
ii) Otorgamiento de una tarjeta de débito a el/la cuentahabiente y su reposición en caso de desgaste o renovación.
iii) Abono de recursos a la cuenta por cualquier medio.
iv) Retiros de efectivo en las ventanillas de sus sucursales y en los cajeros automáticos operados por el banco que lleve la cuenta.
v) Pago de bienes y servicios en negocios afiliados a través de la tarjeta de débito.
vi) Consultas de saldo en las ventanillas de sus sucursales y en los cajeros automáticos operados por el banco que lleva la cuenta.
vii) Domiciliación del pago de servicios a los proveedores que utilicen este mecanismo de pago.
viii)Cierre de la cuenta.
Además de los citados servicios, los bancos deberán asignar una clave bancaria estandarizada (CLABE) a cada cuenta, para que todos los clientes puedan recibir transferencias electrónicas y hacer uso de la domiciliación del pago de servicios.
II. Servicios adicionales.
- Los bancos podrán ofrecer servicios adicionales asociados a la Cuenta Básica. Todos los servicios adicionales prestados por el propio banco de que se trate deberán ser sin cobro de comisiones.
- En caso de que el/la cuentahabiente decida utilizar servicios prestados por un banco que no sea el que le otorga la cuenta (por ejemplo retiro de efectivo y consulta de saldo en cajeros automáticos de otros bancos), dichos servicios si tendrán comisión, cuyo costo será el que tenga establecido ese otro banco prestador del servicio.
III. El/La Cuentahabiente.
- Personas físicas respecto de las cuales su patrón tenga celebrado un contrato con el banco depositario al amparo del cual estén en posibilidad de contratar la Cuenta Básica de Nómina, a fin de que en ella se les deposite su salario y demás prestaciones de carácter laboral.
- Personas físicas que desempeñen un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Administración Pública Federal, que celebren con un banco un contrato para la apertura de la cuenta, a fin de que en ella se deposite su salario y demás prestaciones de carácter laboral.
- Personas físicas que cumplan con los requisitos establecidos en las políticas internas de aplicación general del banco de que se trate.
IV. Monto mínimo de apertura y Saldo promedio mensual mínimo requerido.
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No se requiere una cantidad mínima para su apertura, ni mantener un saldo promedio mensual mínimo.
No se requiere una cantidad mínima para su apertura, y cada banco puede determinar el saldo promedio mensual mínimo requerido.
V. Otros datos relevantes
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En el evento de que por cualquier circunstancia una Cuenta Básica de Nómina no reciba depósitos durante seis meses consecutivos, el banco que lleva la cuenta podrá transformarla en una Cuenta Básica para el Público en General.
En el evento de que el saldo promedio mensual mínimo requerido no se mantenga durante tres meses consecutivos, el banco podrá cerrar la correspondiente cuenta. Cada banco deberá informar en su página electrónica en la red mundial (internet), el procedimiento para llevar a cabo el cierre de la cuenta.
VI. Bancos que ofrecen las cuentas bancarias básicas de nómina y para el público en general.
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Sort
Intermediario Ascending
Intermediario Descending
Producto Ascending
Producto Descending
DE NÓMINA
Intermediario
Filter by Intermediario
Producto
Filter by Producto
AFIRME
Vision Nomina Afirme
AZTECA
Nómina Azteca Básica
BAJIO
Nómina Básica (Cuenta Básica De Nómina)
BANAMEX
Cuenta Base Banamex (Cuenta Básica De Nómina Y Para El Público En General)
BANCO SABADELL
Cuenta Basica De Nomina Banco Sabadell
BANJERCITO
Banje-Nómina Banjercito Básica
BANJERCITO
Cuenta Efectiva Pq
BANJERCITO
Cuenta De Cheques Finveretiro En M.N.
BANKAOOL
Nomina Basica Producto Basico De Nomina
BANORTE
Suma Nómina (Cuenta Básica De Nómina)
BANREGIO
Cuenta Básica Banregio (Producto Básico General)
BANREGIO
Cuenta Básica De Nómina
BANSI
Cuenta Nómina Bansi
BBVA BANCOMER
Tarjeta Nomina BBVA Producto Basico De Nomina
COMPARTAMOS
Cuenta Basica Nómina Compartamos
COVALTO
Cuenta Nómina Básica
HSBC
Producto Básico De Nómina
INBURSA
Nómina Efe (Cuenta Básica De Nómina)
INVEX
Cuenta Basica De Nomina
KAPITAL
Cuenta Básica De Nómina
MIFEL
Cuenta Basica Nomina
MULTIVA
Cuenta Básica De Nómina
SANTANDER
Súper Cuenta Básica
SANTANDER
Súper Cuenta Básica Nómina
SCOTIABANK INVERLAT
Scotia Nómina Básica (Cuenta Básica De Nómina)
UALÁ
Abc Cuenta De Nomina
VE POR MAS
Cuenta Básica De Nómina
Sort
Intermediario Ascending
Intermediario Descending
Producto Ascending
Producto Descending
PARA EL PÚBLICO EN GENERAL
Intermediario
Filter by Intermediario
Producto
Filter by Producto
AFIRME
Vision Basica
AZTECA
Cuenta Bienestar Jóvenes
BAJIO
Cuenta Básica Para El Público En General
BANAMEX
Cuenta Base Banamex (Cuenta Básica De Nómina Y Para El Público En General)
BANCO DEL BIENESTAR
Cuenta De Nómina Para El Bienestar
BANCO DEL BIENESTAR
Debicuenta Básica
BANCO SABADELL
Cuenta Basica Banco Sabadell
BANJERCITO
Banje-Nómina Banjercito Básica
BANJERCITO
Cuenta Básica Para El Público En General
BANKAOOL
Vista Basica Producto Basico General
BANORTE
Banorte Fácil
BANREGIO
Cuenta Básica Banregio (Producto Básico General)
BANREGIO
Cuenta Básica De Nómina
BANSI
Cuenta Nómina Bansi
BBVA BANCOMER
Tarjeta Basica BBVA Producto Basico General
COMPARTAMOS
Cuenta Basica Compartamos
COVALTO
Cuenta Básica
HSBC
Producto Básico General
HSBC
Tarjeta Solución
INBURSA
Cuenta Producto Básico General (Cuenta Básica Para El Público En General)
INVEX
Cuenta Basica De Deposito
KAPITAL
Cuenta Básica Para El Público En General
MIFEL
Cuenta Basica Para El Publico En General
MULTIVA
Cuenta Básica Multiva (Cuenta Básica Para El Público En General)
MULTIVA
Cuenta Básica Multiva (Cuenta Básica Para El Público En General)
OPEN BANK
Cuenta Básica
OPEN BANK
Cuenta Básica De Nómina
REVOLUT BANK
Cuenta Básica
SANTANDER
Súper Cuenta Básica
SCOTIABANK INVERLAT
Cuenta Básica Para El Público En General
UALÁ
Abc Cuenta Basica
UALÁ
Abc Cuenta De Nomina
VE POR MAS
Cta Basica Publico Gral
VII. Normatividad
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- Artículo 48 Bis2 de la Ley de Instituciones de Crédito
- Disposiciones de carácter general que establecen prohibiciones y límites al cobro de comisiones