1/ Corresponde a la TIIE de fondeo a un día determinada por el Banco de México en la fecha correspondiente, con base en las operaciones de mayoreo realizadas por la banca y casas de bolsa a través de operaciones de reporto a plazo de un día hábil bancario con títulos de deuda emitidos por el Gobierno Federal, el IPAB y el Banco de México que hayan sido liquidadas en el sistema de entrega contra pago del INDEVAL. Para mayor información sobre el cálculo consulte la nota técnica:
Determinación de la tasa TIIE de Fondeo.
2/ Corresponde a la tasa de interés interbancaria de equilibrio (TIIE) aplicable en la fecha correspondiente (fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación) y determinada por el Banco de México. A partir del 1 de enero de 2024 se modificó la metodología de las TIIE a 91 y 182 días y a partir del 1 de enero de 2025 se modificó la metodología de la TIIE 28. El cambio de metodología se realizó con el fin de que estas tasas estén basadas en hechos de mercado, como se detalla en el
Anexo 11 de la Circular 4/2023 (previo a dichas fechas estas tasas se determinaban con base en cotizaciones presentadas por las instituciones de crédito).
3/ La tasa de interés interbancaria promedio (TIIP) a 28 días se empezó a calcular en enero de 1993, conforme a la Circular 1996/93 del Banco de México y dejó de ser publicada el 31 de diciembre del 2001 de acuerdo con lo establecido en el Diario Oficial de la Federación del 23 de mayo de 2001.