(CA770) - Ingresos por la extracción de hidrocarburos (flujos mensuales)

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Fondo Mexicano del Petróleo
Ingresos por la extracción de hidrocarburos (flujos mensuales) 1/2/3/
(millones de pesos)

Periodo Contratos Asignaciones Total (a1+a2)
a. Regalía Base 4/ b. Regalía Adicional 5/ c. Ventas del Comercializador del Estado 6/ a1. Subtotal (a+b+c) d. Derecho de Extracción de Hidrocarburos 7/ e. Derecho por la Utilidad Compartida 7/ f. Derecho Petrolero para el Bienestar 8/ a2. Subtotal (d+e+f)
Jul‑25 13.5 28.2 3,010.4 3,052.1 0.0 0.0 15,137.6 15,137.6 18,189.7
Ago‑25 12.0 31.2 2,595.0 2,638.2 0.0 0.0 16,056.8 16,056.8 18,695.0
Sep‑25 13.7 32.7 3,407.4 3,453.8 0.0 0.0 16,438.7 16,438.7 19,892.6
Oct‑25 11.5 24.3 3,121.7 3,157.5 0.0 0.0 15,298.9 15,298.9 18,456.4
Nov‑25 24.9 45.1 3,580.8 3,650.9 0.0 0.0 14,512.1 14,512.1 18,162.9
Dic‑25 100.2 166.9 3,351.7 3,618.8 0.0 0.0 14,747.8 14,747.8 18,366.6

Fuente: FMP.
N/E = Información no disponible.
1/ No incluye el pago de impuestos del Estado asociados a las actividades de extracción y exploración de hidrocarburos, ni el patrimonio del fideicomiso.
2/ Cifras sujetas a revisión.
3/ Se refiere al mes en que se efectuaron los flujos independientemente del periodo en que se generó la obligación.
4/ Se refiere a la contraprestación establecida en los artículos 6, apartado A, fracción III y 12, fracción I, inciso b), de la LISH.
5/ Se refiere a la contraprestación recibida como tasa al Valor Contractual de los Hidrocarburos, establecida en el artículo 6, apartado A, fracción IV de la LISH.
6/ Se refiere a los ingresos que el comercializador del Estado entregó al FMP por la venta de los hidrocarburos, conforme al artículo 27 de la LISH. No incluye IVA, ni el pago por servicios del comercialización.
7/ Se refiere a los derechos previstos en los Capítulos I, II y III del Título Tercero denominado “De los ingresos derivados de Asignaciones” de la LISH vigente hasta el ejercicio fiscal de 2024.
8/ Se refiere al derecho establecido en el artículo Trigésimo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2025, en sustitución al pago de los derechos a que se refieren los artículos 39, 44 y 45, previstos en los Capítulos I, II y III del Título Tercero denominado “De los ingresos derivados de Asignaciones” de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos (LISH).