2/ Cuando la subasta realizada en el día es interactiva se reporta el número 1; cuando el tipo de subasta es tradicional se reporta el número 2.
3/ A partir del 31 de julio de 2015, cuando las subastas efectuadas el día hábil anterior no hubieren dado lugar a asignación, el precio mínimo de las posturas será el equivalente al resultado de multiplicar el tipo de cambio FIX, determinado el día hábil inmediato anterior conforme a las disposiciones de Banco de México, por el factor 1.01. Por otro lado, si las subastas efectuadas el día hábil anterior sí hubieren dado lugar a asignación, el precio mínimo de las posturas será el equivalente al resultado de multiplicar el precio promedio ponderado de la asignación efectuada el citado día anterior (según lo dispuesto en la circular:
47/2008) por el factor 1.01. Para el periodo comprendido entre el 9 de diciembre de 2014 y el 30 de julio de 2015, el factor de multiplicación correspondía a 1.015, mientras que para el periodo entre el 9 de octubre de 2008 y el 8 de abril de 2013 el factor de multiplicación se ubicaba en 1.02.
4/ Las subastas realizadas a partir del 30 de noviembre de 2011 se efectúan en los siguientes horarios: a las 9:00 a.m. para la primera subasta; a las 12:00 p.m. para la segunda subasta, y a las 3:00 p.m. para la tercera subasta. Las subastas realizadas entre el 9 de octubre de 2008 y el 9 de abril de 2010 se efectuaban en los siguientes horarios: a las 9:30 a.m. para la primera subasta, a las 11:30 a.m. para la segunda subasta, y a la 1:00 p.m. para la tercera subasta.
5/ A partir del 23 de noviembre de 2015, el Banco de México ofrece 200 millones de dólares en subastas suplementarias. Dichas subastas tienen un precio mínimo equivalente al resultado de multiplicar el tipo de cambio FIX por el factor 1.015, y se activan una vez que se haya asignado la totalidad del monto ofrecido en las subastas ordinarias con precio mínimo.