Identificador Único de Producto (UPI) e Identificador Único de Transacción (UTI) en operaciones derivadas en mercados extrabursátiles
Sujetos obligados
Instituciones de crédito, casas de bolsa, fondos de inversión, Sociedades Financieras de Objeto Múltiple que mantengan vínculos patrimoniales con una institución de banca múltiple, almacenes generales de depósito, y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.
Texto original
- Circular 19/2022 (publicada en el DOF el 14 de diciembre de 2022)