Abrogación de disposiciones
De conformidad con la sexta de las Bases para la liquidación del organismo público descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero (FND), publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2023, una vez concluido el proceso de liquidación, el liquidador lo hará del conocimiento de la Unidad de Banca de Desarrollo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que se lleve a cabo la baja del catálogo de entidades de la administración pública federal. Atento a lo anterior, las modificaciones a la normatividad del Banco de México aplicable a la FND se realizarán una vez que se lleve a cabo la mencionada baja.
Sujetos obligados
Instituciones de crédito, la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, casas de bolsa, Sociedades de Ahorro y Préstamo, arrendadores financieras, empresas de factoraje financiero y Sociedades Financieras de Objeto Limitado.
Texto original
- Circular 3/2011 (publicada en el DOF el 9 de febrero de 2011)
Circulares abrogadas
- Circular-Telefax 1/2006
- Circular 1/2004
- Circular-Telefax 4/2004
- Circular-Telefax 21/2000
- Reglas conjuntas Banco de México-CNBV (10-236)
- Circular-Telefax 11/97
- Circular Posición de riesgo cambiario de arrendadoras y empresas de factoraje financiero
- Reglas conjuntas Banco de México-CNBV (10-211)
- Circular-Telefax 19/94
- Circular Operaciones de las sociedades de ahorro y préstamo