El Código LEI1 es un código alfanumérico de 20 dígitos basado en el estándar ISO 17442, vinculado a información de referencia de una Entidad Legal2 lo que permite identificar de manera clara y precisa a las partes que celebran operaciones en el sistema financiero nacional o internacional.

La información de referencia vinculada con el Código LEI incluye:

  • El nombre oficial de la Entidad Legal, de conformidad con el registro oficial correspondiente,
  • La dirección registrada de la Entidad Legal,
  • El país de formación de la Entidad Legal,
  • La forma legal de la Entidad Legal,
  • Así como, información relacionada con la emisión del código LEI (fecha de emisión, Unidad Local emisora del código, estatus de la Entidad Legal, etc.).

En términos simples, el conjunto de información del Código LEI puede conceptualizarse como un directorio global de entidades legales.

El Consejo de Estabilidad Financiera (Financial Stability Board, FSB) ha recalcado que la adopción del Código LEI ayuda a fortalecer la transparencia del sistema financiero internacional al mejorar la gestión y evaluación de riesgos micro y macro prudenciales. Es por esto que el FSB desarrolló los principios para la creación de la estructura de gobierno del Código LEI.

Dicha estructura está conformada por el Comité de Supervisión Regulatoria LEI (LEI Regulatory Oversight Committee, LEI ROC) y por la Fundación Global del Código LEI (Global Legal Entity Foundation, GLEIF). El LEI ROC representa a las autoridades públicas de todo el mundo, se encarga de aprobar los protocolos y procedimientos para emitir y verificar periódicamente los Códigos LEI y de supervisar que la GLEIF se apegue a los principios del Sistema Global del Código LEI (Global LEI System).

El Banco de México, a fin de continuar promoviendo el sano desarrollo del sistema financiero, publicó el 27 de diciembre de 2017 modificaciones a las "Reglas Aplicables al Código Identificador de Personas Morales y Fideicomisos (Código LEI)" (Circular 14/2015), y a las "Reglas para la Realización de Operaciones Derivadas" (Circular 4/2012). Con la emisión de estas modificaciones se inicia la adopción del Código LEI en México, al establecer las fechas a partir de las cuales será obligatorio que las Personas Morales y los Fideicomisos cuenten con su Código LEI, comenzando por las entidades que participan en el mercado de derivados.

Ligas de interés relacionadas con el Código LEI


1/ LEI, son las siglas en inglés de "Identificador de Entidades Legales" o Legal Entity Identifier.

2/ Internacionalmente, no existe una definición estándar para las entidades, debido a las disposiciones legales de cada jurisdicción. En México, se incluye a las personas morales y a los fideicomisos.

3/ Conforme a lo establecido en el último párrafo de la Regla 6a, Circular 14/2015.