Tomo XIX: El despegue que se frustró
II. Reforma monetaria
(“Quitarle tres ceros al peso”)

 

La inflación es una enfermedad económica que tiende a paralizar a las economías que llegan a inocularse. La inflación socava los fundamentos operativos de una economía cuando tiene la desgracia de padecerla. Además, la inflación tiende a perpetuarse y a exacerbarse, convirtiéndose en desgracia para los ciudadanos. Visitábamos, en calidad de turistas, la ciudad de Buenos Aires, capital de Argentina. Corrían los tiempos de la presidencia de Cristina Fernández, ya viuda de Néstor Kirchner, y la inflación —herencia catastrófica de los gobiernos populistas en América Latina— llevaba años envenenando a la sufrida economía argentina, pese al enorme potencial productivo del país. En nuestro tránsito en taxi del centro de aquella metrópoli capital hacia el turístico barrio de la Boca, en la zona sur, tuvimos la mala fortuna de constatar un panorama de devastación urbana. Manzana tras manzana de construcciones desoladas, con todos sus locales clausurados y cerrados con candado. La devastación era efecto de la quiebra masiva de los pequeños negocios y empresas que antes habían sido inquilinos. En esa forma ocurre en las circunstancias marcadas por inflación. Los pequeños negocios entran en bancarrota, apachurrados por el efecto “sándwich” entre costos operativos que se elevan sin clemencia continua y la contracción de la clientela que cada vez tiene menos capacidad efectiva de pago. La inflación mata a los emprendimientos económicos modestos y también destruye las bases del sistema monetario, convirtiendo a la moneda local en una unidad de cuenta cada vez menos confiable y funcional.

En términos generales, la inflación tiende a provocar en las economías que tienen la desgracia de sufrirla –como fue el caso de la economía de México de 1972 a 1987– daños de tres tipos. Primeramente, de naturaleza distributiva, dando lugar a un grave deterioro de los ingresos reales de los segmentos de la población en la parte baja de la pirámide social. Es decir, los asalariados y quienes se dedican a actividades de naturaleza empresarial en pequeña escala. En particular, cuando arrecia la inflación y sobre todo si su intensidad es elevada, se desata una carrera desenfrenada entre el nivel de los precios y los salarios corrientes, carrera que irremisiblemente siempre pierden estos últimos. Pero la inflación también inflige daños muy graves en el lado de la capacidad productiva. Ello, no únicamente por la tendencia ya referida a provocar la quiebra de los negocios en escala reducida, sino por la exacerbación a que da lugar de los riesgos empresariales y de crédito. No únicamente con inflación se dificulta enormemente la evaluación de los proyectos de inversión, sino también se eleva la probabilidad de no pago de los créditos en favor del sector financiero. De forma específica, la inflación se convierte en una plaga para la práctica profesional de los contadores públicos. En circunstancias inflacionarias, éstos se ven obligados a llevar la contabilidad de las empresas y entidades a ellos encomendada, en cantidades numéricas exorbitantes que en muchas ocasiones ya no caben en las hojas de cálculo normales que se expenden en las papelerías y tiendas en general. En situaciones extremas, también se ha constatado que los propios programas contables carecen del espacio suficiente para manejar cifras tan grandes.

Hacia principios de los años noventa del siglo XX, ya con una inflación más sofocada, el sistema monetario de México se conformaba por cinco billetes circulantes y cinco monedas metálicas. Por un lado, la familia de los billetes se integraba entonces con piezas en denominaciones todas mayores a mil pesos. Billetes en las denominaciones de 5, 10, 20, 50 hasta 100 mil pesos, con el dato interesante de que este último se había autorizado apenas desde septiembre de 1991. Por su parte, el cono de las monedas metálicas circulantes se completaba en las denominaciones de 100, 200, 500 y 1000 pesos. Ya para entonces, eran muy conocidos en el Banco de México los efectos distorsionantes que la inflación causaba en la familia de los billetes circulantes y en el cono de las monedas metálicas en servicio. El primero de esos efectos se dejaba sentir sobre el tramo de más bajas denominaciones en el cono de las monedas metálicas. El hecho simple es que la elevación continua del nivel de los precios daba lugar a que el poder de compra de las monedas de menor denominación se deterioraran sin remedio hasta volverse prácticamente insignificante. Ese fenómeno obligaba a la desmonetización anticipada de dichas piezas y a su retiro, también no planeado ni previsto, de la circulación. De manera concomitante, un deterioro semejante de la capacidad de pago se dejaba sentir sobre los billetes en las denominaciones más reducidas. La reacción obligada por parte de las autoridades era sustituir los billetes correspondientes con monedas metálicas de igual denominación. Entre las complicaciones a que daba lugar este segundo proceso era que obligaba a que las monedas metálicas fueran cada vez de mayor circunferencia y peso elevando su costo de producción y complicando su manejo práctico. Ello, hasta hacer necesario, en el límite, un cambio en el diseño del cono completo. En ese orden, cabe el detalle de mucha importancia de que un rediseño completo del cono de monedas se autorizó en julio de 1990, con la programación ya prevista para las monedas de 2 mil y 10 mil pesos (Decreto por el que se reforma el inciso b) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, 23 de julio de 1990). Por último, se presenta el efecto de mayor interés para los fines de este escrito: en la parte alta de la familia de billetes, la inflación obligó a crear y emitir piezas de denominaciones cada vez mayores. En tal sentido, ya hacia mediados de la década de los noventa, el billete mexicano de más alta denominación requería para su representación de seis dígitos.

Fue en el contexto histórico descrito en el cual se planteó, puertas adentro en el Banco de México, una reforma para quitarle tres ceros al peso. Sin embargo, debe hacerse constar que no se trató de una medida sin antecedentes externos de mucha significación. En particular, la experiencia de Francia durante la presidencia de Charles de Gaulle, en donde se le habían quitado dos ceros al franco francés. Es altamente probable que la experiencia de referencia haya sido conocida en el país por las altas autoridades del Banco de México. El tema quedó expuesto con brevedad y brillantez en el libro “Por qué fracasan los países: Los orígenes del poder, la prosperidad y la pobreza” (Acemoglu, D. & Robinson, J.A., 2012). En esa fuente se explica que, durante la posguerra en Francia y a todo lo largo de la década de los años cincuenta, la economía francesa había padecido los estragos de la inflación. Y el fenómeno alcista en Francia había tenido una causa bien definida: la política económica expansionista fundada en una interpretación torcida de las ideas del economista inglés John Maynard Keynes. Bajo el acertado consejo del ministro de Finanzas Antoine Pinay, el presidente de Francia, Charles de Gaulle, aceptó poner en ejecución una reforma económica de gran profundidad. La reforma resultó exitosa a la postre no solo porque eliminó dos ceros de la moneda nacional, sino porque dio lugar a un nuevo franco (nf) equivalente a 100 antiguos. Indudablemente, como resultado de esa medida, se facilitó la contabilidad y las transacciones económicas, pero en adición, cabe insistir en los efectos benéficos que se derivaron de la convicción de arraigar en Francia el compromiso con una política fiscal disciplinada conducente a reforzar la estabilidad en la economía francesa. Y en el libro referido se hace hincapié en la “señal de estabilidad y responsabilidad económica” (Acemoglu, D., & Robinson, J.A., 2012, p. 453) que logró enviarse con la reforma integral explicada.

De manera increíble, el inicio de la inflación en México se derivó de una decisión deliberada de política económica. Con bombo y platillo, la administración del presidente Luis Echeverría anunció un replanteamiento de la política económica. Como parte esencial del enfoque modificado, se destacó la aplicación de expansionismo fiscal y monetario para, dizque, acelerar el crecimiento económico. El aspecto más incongruente del enfoque replanteado consistió en la incompatibilidad flagrante entre el proclamado expansionismo fiscal y monetario y la consigna implícita de mantener el tipo de cambio oficial en la paridad de 12.50 pesos por dólar. Primero, el secretario de Hacienda, Hugo B. Margáin, trató de frenar el expansionismo inflacionista. Lo secundó en ese intento frustráneo el director general del Banco de México, Ernesto Fernández Hurtado. Ya en el régimen subsecuente de José López Portillo, después de romper con el Fondo Monetario Internacional (FMI) en el año 1978, ese gobierno insistió aun con mayor intensidad en el expansionismo inflacionista. Las consecuencias no se hicieron esperar: luego de una macrodevaluación no deseada las presiones alcistas se exacerbaron de manera muy peligrosa. El sexenio terminó con una inflación de casi 100 por ciento anual. Y un nuevo episodio de inflación intensa se escenificó luego de que los precios del petróleo se desplomaran en 1985 y 1986 y obligaran a una aceleración del desliz que se aplicaba a los tipos de cambio. Todavía durante el gobierno del presidente Miguel de la Madrid, el año 1987 cerró con una tremenda tasa de inflación de 168 por ciento anual.

Durante los sexenios de Echeverría (1970-1976) y de López Portillo (1976-1982), la inflación desatada por la política económica trajo todas las consecuencias que habría que esperar de un proceso alcista intenso. En primer lugar, los efectos de deterioro sobre los salarios expresados en su poder adquisitivo, pero también el debilitamiento de la capacidad de captación de ahorro por parte del sistema financiero además de una elevación acelerada de la deuda externa. Simplemente, el creciente déficit fiscal tenía como contrapartida contable en el sector externo un déficit correlativo en la cuenta corriente, al cual había que darle financiamiento mediante créditos en moneda extranjera. Sin embargo, el efecto pernicioso que mayormente cabría destacar fue el relativo al diferencial de inflaciones entre México y Estados Unidos. Ya durante el sexenio de Echeverría, esa brecha había sido muy marcada en el periodo de 1972 a 1976. Y la fuga de capitales masiva con su consecuente macrodevaluación no se hizo esperar, en septiembre de ese año de fin de sexenio. Con total impunidad, el proceso se volvió a repetir, aunque intensificado, a lo largo de los años del régimen de López Portillo. En promedio anual, de 1977 a 1981 la inflación en Estados Unidos se ubicó en 3 por ciento mientras que en México el dato cerró con toda precisión en 18.99 por ciento. Un insuficiente y tardío desliz del tipo de cambio no pudo impedir las tremendas salidas de capital que se desataron desde mediados del año 1981. Quien esto escribe recuerda con toda nitidez, que, en términos aproximados, el tipo de cambio se movió de un nivel por debajo de 30 pesos por dólar a finales de 1981, a cerca de 150 pesos por dólar al cierre de 1982. Ya durante el periodo de Miguel de la Madrid, la siguiente macrodevaluación se produjo en 1987, luego de una muy traumática caída de la Bolsa de Valores. Intensa y sorpresiva crisis bursátil, seguida de una crisis cambiaria de pronóstico reservado.

En el libro de sus memorias, Pedro Aspe lo dice con todas sus letras: “al cierre del año 1987, la economía mexicana se encontraba a las puertas de la hiperinflación” (Aspe Armella, P., 1992, p. 27). El salvamento de ese desenlace –que habría sido funesto– se derivó, de manera directa, del plan de estabilización que se puso en ejecución bajo su liderazgo. Hay que resaltar que este plan estuvo muy bien diseñado y ejecutado. De su aplicación, derivaron los buenos resultados obtenidos, al lograr bajar la inflación de niveles de tres dígitos (168 por ciento al término de 1987) a tan solo 2 por ciento mensual en diciembre de 1988. Una de las razones de esos resultados favorables se fundamentó en la fortaleza de los dos elementos ortodoxos básicos en todo plan de estabilización digno del nombre. Primeramente, un fortalecimiento suficiente de la postura fiscal acompañado de una política monetaria congruente y disciplinada por parte del Banco de México. El componente heterodoxo de aquel plan de estabilización respondió a la finalidad de ir extirpando del cuerpo de la economía mexicana el muy pernicioso fenómeno de la inercia inflacionaria. Es decir, la tendencia espontánea a que la inflación continuase su marcha de forma autosostenida. En ese contexto de concertación social, para derrotar a la inercia inflacionaria, el sector empresarial se comprometió a sujetar los precios a metas predefinidas; los gremios laborales, los incrementos salariales; y el gobierno, la trayectoria del tipo de cambio. Otros dos elementos coadyuvantes a la moderación de las presiones alcistas fueron la apertura comercial y la desregulación de los mercados internos, induciendo mayor competencia. En resumen, la inflación fue domesticada, pero uno de sus daños anunciados ya estaba causando un perjuicio en la forma de denominaciones muy altas para los billetes y las monedas emitidas por el Banco de México.

La inflación había infligido sus daños sobre el sistema monetario del país. En cuanto a la familia de billetes, sobre todo en su parte alta había llevado a las denominaciones de las piezas a expresiones cuantitativas excesivas, podría decirse que casi grotescas. En lo relativo al cono de monedas metálicas, la substitución secuencial de los billetes de denominación más baja por piezas metálicas llevó a una elevación masiva en el diámetro y peso de las mismas y, por tanto, en su costo de fabricación. Es altamente probable que en las entrañas del Banco de México se haya venido hablando de esas dos problemáticas a todo lo largo del proceso inflacionista, el cual se había iniciado desde el año remoto de 1972. Sin embargo, a esos dos temas se les empezó a dar un tratamiento de carácter oficial solo durante el segundo semestre del año 1989. Es decir, ya durante la administración del presidente Salinas de Gortari –que había iniciado en diciembre de 1988– y jurisdiccionalmente en el seno de la Junta de Gobierno del Banco de México. ¿Por qué en el seno de dicho órgano colegiado? En términos generales, por razones de orden legal. Según la Ley Orgánica del Banco de México entonces en vigor (la promulgada en el año 1984), estaban entre las facultades concedidas a ese órgano colegiado tanto “determinar las características de los billetes con sujeción a lo dispuesto en el artículo 4º ” como “las composiciones metálicas de las monedas, cuando deban someterse a la consideración de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público” (Ley Orgánica del Banco de México artículo 25, fracción V, 1984, p. 42). En el mencionado artículo de dicho ordenamiento se hacía referencia específica a las características que debían contener los billetes de circulación nacional, entre ellas, de manera muy especial, la denominación que les correspondiera, expresada “con número y letra”. En lo concerniente a las monedas metálicas, en la legislación moderna se hacía referencia a ellas en la Ley Monetaria que seguía en vigor desde su promulgación en el año 1931. La disposición correspondiente a las monedas metálicas circulantes era el artículo 2º de dicho ordenamiento. Con la inflación, el gran problema que se había suscitado respecto de estas monedas es que las de menor denominación tendían a quedar obsoletas por su reducida capacidad de compra y se necesitaba la definición en la ley de las nuevas piezas de mayor denominación con las que se fueran sustituyendo los billetes de valor facial más reducido (Banco de México, s.f.-c, pp. 24,42).

La propuesta para cambiar la unidad monetaria se presentó en un documento del Banco de México que llevó por título “Cambio en el valor nominal de la moneda mexicana” y que se repartió en la sesión de la Junta de Gobierno del 26 de julio de 1989. Pero, aunque el mencionado documento se repartió a la atención de los miembros de la Junta de Gobierno en la fecha referida, por falta de tiempo no pudo discutirse hasta la reunión siguiente de fecha 17 de octubre del mismo año (Banco de México, 1989a). Con respecto al referido documento, después de la cabeza o título, siguió una breve introducción que destacó por su visible modestia en el lenguaje, ya que anunció la aportación de tan solo “diversas consideraciones de carácter general sobre la forma y los efectos colaterales de (sic.) ‘revaluar’, en términos nominales, nuestra moneda”, pero la falsa modestia en el lenguaje debió terminar ahí, ya que se trataba, en rigor, de toda una propuesta de reforma monetaria, para “mediante la emisión o colocación de nuevos signos monetarios cuyas denominaciones, reducidas respecto a las actuales, sean jurídicamente equivalentes a estas últimas”. Además de la importancia del proyecto, en el mismo se acreditaba su autoría. Claramente, en el Banco de México se había formulado la propuesta y de su pluma había salido el texto mencionado. La propuesta correspondiente de reforma presentaba varios frentes de aproximación, sobresaliendo, desde luego, la perspectiva conceptual del proyecto. A partir de dicha perspectiva, destacar las cuestiones relativas a los “aspectos jurídicos” –muy importantes desde luego– y los correspondientes a la fabricación de las monedas y de los billetes que se requerirían para la implementación de la reforma. Y de manera secuencial, las consideraciones relativas “al empleo de piezas circulantes por el público, durante el período de transición que implica[rá] dicho cambio, lapso en el cual tendrán que convivir los signos monetarios actuales con la nuevas monedas y billetes con denominación modificada” (Banco de México, 1989b, pp. 1-2).

En muy buena medida, la esencia conceptual de la reforma que estaba en gestación se enunció en el párrafo introductorio del documento de referencia: “ ‘revaluar’, en términos nominales, nuestra moneda, mediante la emisión de nuevos signos monetarios…”. Es decir, una reforma para hacer posible que el valor facial de las piezas circulantes internas, en particular, de los billetes, quedara expresada en cantidades más reducidas, de mucho más fácil manejo para los agentes económicos. ¿Por cuáles razones concretas proponer esta reforma? En el documento de propuesta se enunciaron tres razones básicas. De manera prioritaria y fundamental, dar lugar a “una más rápida y clara comprensión de la magnitud de sumas expresadas en cantidades monetarias”. De manera paralela y muy cercana, facilitar “las transacciones en efectivo y procura[r] un empleo más eficiente de los sistemas de cómputo y registro directo”. Finalmente, aunque no de menor importancia, contribuir a una mayor “confianza del público en el valor de la moneda nacional”. En cuanto a la implementación de la reforma, según el documento consultado, tendría una relevancia clave resolver si, dado que se trataba de una “revaluación” de la moneda nacional, acaso tenía sentido mantener la designación histórica de la moneda mexicana, “peso”, o sería conveniente adoptar “un nuevo nombre para esa unidad, que –a título de ejemplo– podría ser ‘azteca’ o ‘hidalgo’ ” (Banco de México, 1989b, pp. 1-2).

De manera particular, en la opinión pública mundial un cambio de unidad monetaria se relacionaba con planes o programas de estabilización de tipo “choque”, los cuales diferían de manera significativa respecto de la estrategia y las medidas correspondientes que se venían aplicando en México desde el año 1988 para combatir la inflación. En consecuencia, de mantenerse la denominación histórica de “peso”, durante un periodo transitorio tendrían que irse sustituyendo los signos monetarios anteriores –monedas y billetes– con otros que tendrían que denominarse en “nuevos pesos” y también en “centavos”, si la operación de “revaluación” implícita iba a tener algún efecto importante. Desde luego, para el proceso de canje descrito, tendría que establecerse una relación cuantitativa específica entre el valor jurídico de toda la segunda familia de piezas circulatorias y las precedentes. Al concluirse el proceso de sustitución enunciado, los “nuevos pesos” en circulación tendrían a su vez que ser reemplazados por las piezas finales de la familia monetaria definitiva teniendo como unidad monetaria el peso “revaluado” y los “centavos” como submúltiplos de esa unidad. En el documento referido se recomendó, abiertamente, definir la equivalencia entre las piezas de nueva creación con sus precedentes en la relación de mil a uno. Con esa decisión, cada “nuevo peso” correspondería a mil de los anteriores y, de manera importante, cada centavo correspondería a diez pesos anteriores. Es decir, en el nuevo esquema monetario volverían a la existencia los “centavos”, ya que la moneda metálica circulante de más alta denominación era precisamente la de mil pesos (Banco de México, 1989b, pp. 3-4).

¿Desde cuándo se preparaba en el Banco de México una reforma para “quitarle tres ceros al peso”? Es imposible saber con tan solo el apoyo en la información disponible. Es seguro que por disposición de las altas autoridades de la institución (director general, Miguel Mancera), la planeación correspondiente llevara ya algún tiempo de desarrollo. Asimismo, es evidente por las aportaciones que pueden leerse en el documento de propuesta, que en su preparación debieron intervenir técnicos de diversas especialidades profesionales destacando, como se verá más adelante, abogados, los expertos que prestaban sus servicios en la unidad administrativa en la cual se calculaba el Índice Nacional de Precios al Consumidor (inpc), con la adición probable de matemáticos, contadores y desde luego economistas. Como resultado de todos esos esfuerzos conjuntos, no es de sorprender que se tuvieran perfectamente identificados los beneficios a esperar de la reforma que se preparaba. En la práctica comercial, ya se había detectado que, de manera informal, los precios elevados ya se expresaban precisamente en la equivalencia propuesta de mil a uno. A manera de ejemplo sencillo, una cotización de 15 400 pesos se podía simplificar en 15.4 miles de pesos. La reforma, sobre todo con una equivalencia adecuada, haría posible reducir “las cifras correspondientes a sumas de dinero que se contabilizan empleando sistemas de cómputo y registro directo”. Asimismo, de considerarse conveniente, la implementación de la reforma podría hacer posible dejar de producir las piezas circulantes de más baja denominación. Esto último, en razón de su “alto costo de producción y empleo prácticamente nulo”. (Banco de México, 1989b, p. 3).

La propuesta para el cambio de unidad monetaria se discutió en la Junta de Gobierno del Banco de México en su sesión del 17 de octubre de 1989 (Banco de México, 1989a, pp. 135-138). Con apego estricto a las formas operativas en ese órgano colegiado, el director general, Mancera, señaló que había dos cuestiones medulares en cuanto al proyecto referido. Primero, en lo relativo a la conveniencia de su instrumentación y, segundo, respecto de la oportunidad de llevarlo a cabo. El primer consejero en emitir opinión al respecto fue Guillermo Ortiz, subsecretario del ramo en Hacienda, quién señaló entre las posibles desventajas la que se presentaría por causa de la “ilusión monetaria”. Es decir, el aprovechamiento de la posibilidad por parte de los comerciantes para elevar los precios. A continuación, la titular de la Secretaría de la Contraloría (comisaria en el Banco de México), María Elena Vázquez Nava, señaló entre las ventajas de la propuesta que su implementación facilitaría grandemente la consulta y revisión de los estados financieros. También, emitiendo un juicio para la propuesta desde una perspectiva sectorial (de la banca), el banquero Jaime Corredor explicó que la compactación de las cifras monetarias facilitaría mucho la operación de los bancos y el manejo de su contabilidad. En referencia a la conveniencia –mencionada como posibilidad en el documento– de crear una nueva unidad monetaria (“azteca”) o conservar el nombre de “peso”, al menos dos vocales hicieron un comentario en favor de la opción de conservación. Sin embargo, mientras que el licenciado Miguel Alessio Robles se inclinó por que la reforma monetaria se pusiera en ejecución mediante un solo decreto específico, el consejero independiente, Daniel Beltrán, se inclinó porque la misma se incorporase en una ley de mayor cobertura, que incluyera todas las modificaciones que se requiriesen en el campo del derecho monetario (Banco de México, 1989a, pp. 135-136).

Aunque no la totalidad de los asistentes a la mencionada reunión de la Junta de Gobierno hicieron uso de la palabra para opinar sobre el proyecto de una nueva unidad monetaria, parecen haberse generado dos consensos muy sólidos en cuanto a dicha propuesta. Primero, relativo a la conveniencia de su instrumentación a pesar de las dificultades que inexorablemente conllevaría. Segundo, respecto de la necesidad de ponerla en ejecución una vez que la estabilidad de precios se hubiese consolidado. En relación al momento oportuno para llevar a cabo la reforma, el asistente Guillermo Prieto Fortún, de larga trayectoria en el sector público, fue de la opinión de que la economía mexicana todavía estaba transcurriendo “por una etapa difícil”. De ahí la conveniencia de esperar a “una situación más estable…”. Una situación, que ofreciera “razonable certeza en cuanto a que el proceso inflacionario puede mantenerse bajo control”. El vocal Miguel Alessio Robles, titular de la Comisión Nacional Bancaria, manifestó su acuerdo con lo expresado por el licenciado Prieto Fortún, pero agregó una posibilidad adicional digna de tomarse en cuenta. La de que el cambio de unidad monetaria pudiese acaso “significar el compromiso de mantener una economía estable con tasas de inflación muy moderada”. La discusión sobre el tema fue cerrada por el secretario de Hacienda, Pedro Aspe, actuando tal vez en su papel de presidente de dicho órgano colegiado. De forma sintética expresó su acuerdo con la idea de esperar a que la inflación estuviese razonablemente bajo control para llevar a cabo la reforma. A continuación, convocó el punto de vista de aquella Junta para decidir el momento favorable para instrumentar el proyecto y, por último, la promesa de que una vez obtenida esa opinión favorable, la turnaría para la decisión final a la instancia superior correspondiente. Es decir, a la Presidencia de la República (Banco de México, 1989a, pp. 135-137).

En la preparación de la reforma para cambiar la unidad monetaria, un aspecto de particular importancia tenía que ver con la pieza de menor denominación facial que debería quedar en el cono monetario. La decisión fue en favor de la moneda de un centavo (anteriormente, la pieza de 10 pesos) (Banco de México, 1989b, p. 4). Las razones que se dieron para tal decisión en el documento de propuesta fueron de muy digna consideración, partiendo del hecho de que hacia principios de la década de los 90 ya prácticamente no había en la economía mexicana bienes y servicios con ese precio. Sin embargo, textualmente, “pudiese requerirse de la moneda de un centavo” para evitar algunos posibles desenlaces desfavorables. Entre ellos, “que los ajustes generales de precios que va a implicar la medida deban ser en cantidades superiores” a la de diez pesos anteriores. Segundo, “que los aumentos de precios posteriores no confronten la misma limitante”. Tercero, que en los “vueltos” se presente esta misma dificultad. Para dar fundamento a tal decisión se calcularon los porcentajes que en la muestra para calcular el Índice de Precios fueran múltiplos de 10, 20, 50, 100 y 200 pesos. Los resultados arrojaron que 91 por ciento de los precios eran, en ese momento histórico, divisibles entre diez pesos. Del resto de los precios, si los residuos o las diferencias se redondearan a 0 o 10 pesos, las alzas o bajas consecuentes iban a producir una variación en el inpc de tan solo 0.07 por ciento. En el caso extremo, o sea totalmente “pesimista”, de que la totalidad de los “residuos se redondearan a diez pesos –o sea, hacia “arriba”– la variación del inpc resultaría en únicamente 0.12 por ciento”. En resumen, con el fin de reducir al mínimo el impacto alcista de una nueva unidad monetaria igual a mil pesos anteriores, el submúltiplo más adecuado, por su precisión, sería el de 10 pesos “que equivaldría a un centésimo de la nueva unidad” (Banco de México, 1989b, pp. 4-5).

En una visión sintética, la instrumentación de la reforma monetaria que se proponía presentaba prácticamente tres dimensiones. Todas ellas relacionadas con la integración entonces vigente del sistema monetario con su familia de billetes y su cono de monedas metálicas. Previsiblemente, tanto la familia de billetes como el cono de monedas metálicas iban a requerir de “modificaciones, muchas de las cuales no pueden efectuarse en el corto plazo”. En cuanto al cono de monedas, determinar las piezas que convendría mantener en definitiva y dada esa determinación “definir los diámetros, composición, colores y otras características” de las piezas correspondientes. Según se explicó en el documento de consulta, la introducción de modificaciones en las piezas metálicas era siempre más sencillo, por lo que se estimaba que en aproximadamente “tres meses podrían tenerse troqueles de acuñación con las modificaciones requeridas”. La preparación de los cambios en la familia de billetes se presentaba más complicada. Esto era así, en razón de que habría que preparar tanto las piezas para las etapas de la transición, así como actualizarlas en su necesidad de modernización. Esto último, para incorporar a los billetes de nueva creación no únicamente los avances tecnológicos para dificultar su falsificación sino además actualizarlos para facilitar su manejo y clasificación por parte de la banca, de otros usuarios institucionales y del propio Banco de México. Esta última actualización sería indispensable, aun cuando se acordara otro nombre para la moneda mexicana diferente al de “peso” (Banco de México, 1989b, p. 15).

La precisión de los tiempos para la instrumentación de la reforma resultó asimismo un asunto de gran importancia. En opinión de las autoridades del Banco de México, se iba a requerir de un plazo de al menos un año a partir de la expedición de los cambios jurídicos que dieran sustento a la reforma monetaria y el momento en que fueran a entrar en vigor. ¿Por cuáles razones? Primeramente, a fin de dar lugar a que durante dicho lapso se adelantaran los procesos de fabricación de las nuevas piezas circulatorias, principalmente billetes. En cuanto a esto último, se puso énfasis en el documento respecto del rápido avance que había mostrado la tecnología de los equipos de fotocopiado a color, representando “un grave riesgo de falsificaciones”, toda vez que los billetes mexicanos del momento no contaban con elementos para protegerlos “en forma integral” contra esos peligros. Asimismo, como ya se ha enunciado, los nuevos billetes requerirían de la incorporación de “características para su proceso en forma automatizada…”. Esto último, era cada vez más necesario tanto para el banco central como para las instituciones de crédito. La razón adicional para un plazo prolongado de preparación tenía que ver con la expedición de las “medidas reglamentarias” que requiriese la reforma. Todas esas medidas, con el fin de regular debidamente los diversos aspectos que se deriven del cambio en la unidad monetaria. Entre esos aspectos, “ajustes nominales en precios y salarios, nueva presentación de la información financiera en las empresas, adecuaciones en sistemas contables, etc.” (Banco de México, 1989b, pp. 16, 18).

Respecto de los retos para la producción que se derivarían de la instrumentación de la reforma, las autoridades del Banco de México pusieron especial atención en los que corresponderían a la preparación de los billetes. De entrada, se reconoció que estos serían “laboriosos” y que requerirían de un plazo suficientemente largo. Sin embargo, también se hizo la observación de que los procesos a realizar dependerían de manera importante del diseño final que se acordase para toda la familia con vistas a la transición. La opción más sencilla y práctica sería la de conservar los diseños que ya se tenían y tan solo “cambiar los numerales e introducir en algún lugar la leyenda ‘nuevos pesos’ ”. Para la aplicación de esta última opción, las autoridades del Banco de México estimaron que un plazo de un año sería tiempo suficiente. Es decir, para introducir los cambios necesarios en los troqueles de todas las monedas, en las planchas para los billetes y la producción de 100 millones de piezas de cada denominación. Este plan de producción se pondría en ejecución de acuerdo con los “lotes de producción de fábrica más eficientes” y de esa forma hacer más fácil la instrumentación del proyecto. Dentro del plazo para la instrumentación, tendría también que darse debida consideración a la distribución de las piezas circulantes “a las sucursales del Banco de México e incluso a sus corresponsales”. Y otro aspecto a considerar tendría que ver con la administración de inventarios. En pocas palabras, “tomar medidas a muy corto plazo para ajustar la producción de tal manera que se pueda llegar con inventarios reducidos en la fecha que se inicie el cambio” (Banco de México, 1989b, pp. 21-22).

En términos estrictamente operativos, la administración de los inventarios con vistas a la instrumentación de la reforma que se propalaba no se presentaba como un asunto menor. En primer lugar, estaba el problema del billete con denominación de 5 000 pesos. En particular, el caso suscitaría problema, si habiendo sido el documento de propuesta emitido a mediados del año 1989, la reforma se programaba para iniciar en enero de 1991. De ser el anterior el caso, se dijo en el documento, para esas fechas “habría un excedente de billete de 5 000 pesos estimado en 244 millones de piezas…”. Ejemplares que, de darse el supuesto mencionado, se tendrían que destruir sin haber prestado uso. También se presentaba un problema con el billete de 100 000 pesos, cuya expedición ya estaba preparada desde hacía algún tiempo, pero que no había sido permitida por las autoridades. De no autorizarse la salida de esa pieza, se tendrían en almacén, se advirtió en el memorándum, otros 178 millones de piezas acumulados. En tal sentido, con la finalidad de ajustar los inventarios para el resto de las denominaciones, “sería necesario suspender totalmente la producción durante algunos meses en varios procesos de impresión”. El cálculo técnico que se enunció para tal suspensión de procesos indicó lo siguiente: “aproximadamente cuatro meses en impresión de fondos, dos meses en impresión de grabados y un mes en primer examen e impresión en números”. Y una vez expuestas con detalle las anteriores consideraciones, la advertencia con todas sus letras: “De no tomarse estas medidas, se tendrían considerables inventarios” (Banco de México, 1989b, p. 22).

Un aspecto medular en la planeación de la reforma que se preparaba era el de la coexistencia temporal en la circulación de los pesos antiguos con los nuevos pesos y sus piezas correspondientes en centavos. Para ese periodo de transición, sería fundamental que se afectaran en la menor medida posible los intereses del público usuario al tener la necesidad de “emplear monedas con distintas denominaciones e igual valor jurídico”. Con la finalidad de reducir al mínimo las molestias que pudieran suscitarse por aquella transición, una de las decisiones fundamentales fue que, durante el mencionado lapso, salvo en su denominación, los “nuevos pesos” y centavos tuvieran igual diseño y características que las piezas correspondientes expresadas en “pesos”. Es decir, las piezas que se deseaba terminar reemplazando. De manera obvia, la coincidencia de diseños y características de los billetes y monedas durante el periodo de transición, respondería a la intención de que el público llegase a la comprensión de que “ambos signos tienen igual valor y su empleo es indistinto en las transacciones dinerarias”. Cronológicamente, la etapa de transición referida se estimaba en un año de calendario. Sin embargo, previamente debería ponerse en ejecución una muy intensa campaña de difusión y explicación con el fin de informar a la población sobre la reforma monetaria planteada, sus fases y beneficios. De manera muy importante, “después del corrimiento del punto decimal”, tendría que introducirse en la circulación, de manera gradual, “una nueva familia de billetes y monedas” (Banco de México, 1989b, pp. 23-24).

En el documento del Banco de México “Cambio en el valor nominal de la moneda mexicana”, el tratamiento del trasfondo jurídico de la reforma fue particularmente amplio y además precedió en el texto a la exposición correspondiente a “Producción” tanto en relación a “moneda metálica” como a “billetes”. En cuanto al orden de los temas en el texto, la colocación pudo haber sido simplemente resultado de que el documento fue redactado por los abogados asesores del proyecto, con la alimentación de información y datos indispensables por parte de otros especialistas. Entre éstos, claramente, los técnicos de la Dirección General de Emisión, en particular sus matemáticos profesionales. En lo relativo a la extensión del tema legal, la explicación del orden jurídico –o si se quiere, legislativo– se complicó, o se encimó, con una obsolescencia, prácticamente general, que padecía el marco regulatorio correspondiente a la moneda en el sistema legal del país. En lo esencial, ese marco jurídico se refería al propio texto constitucional en sus disposiciones correspondientes a moneda y la Ley Monetaria en vigor, tal vez con la adición de la Ley Orgánica del Banco de México, que databa de 1984. La transición plena del sistema monetario de México a un régimen de moneda fiduciaria se ubicaba hacia mediados de la década de los años treinta y la Constitución había sido promulgada, como es ampliamente sabido, en 1917. Por su parte, la Ley Monetaria (vigente con muchas reformas) databa del año 1931. La causa de confusión era que ambos ordenamientos contenían en su cuerpo muchas reminiscencias del régimen de moneda metálica con valor intrínseco pleno. Lo que claramente pretendían los redactores de los pasajes correspondientes del documento, era inducir a que se aprovechara la reforma de “quitarle tres ceros al peso” para también actualizar la totalidad del marco regulatorio del país relativo a la moneda. De manera muy clara, esa actualización integral iba a requerir de una reforma constitucional además de la expedición de una nueva Ley Monetaria. ¿Tendría sentido práctico proponer legislativamente la explicada reforma integral?

Pero independiente de la forma legislativa en la que se pusiera en ejecución el proyecto de “quitarle tres ceros al peso”, unos pasajes muy interesantes en el documento citado hacen referencia a las muy amplias implicaciones de naturaleza regulatoria que tendría la reforma que se deseaba instrumentar. Esas materias regulatorias, “de amplios y variados aspectos”, se referían a las materias siguientes: “precios; salarios; expresiones numéricas en documentos referidas a sumas de dinero; registros contables; forma de contratar, formalizar y solventar obligaciones pecuniarias –aun de aquellas incorporadas a títulos de crédito–; cambios en la expresión de estados financieros; referencias al capital de personas morales o determinación de nuevos tipos de cambio”. El reto legislativo podría volverse tremendamente complejo a la luz del “muy amplio número de códigos que contienen disposiciones de carácter dinerario…”. Sin embargo, los jurisconsultos que colaboraron en la redacción del documento recomendaron la solución más sencilla posible al problema: la expedición de “un solo ordenamiento general” en el cual quedaran incorporadas todas las reformas correspondientes “en el ámbito del derecho monetario, que incluy[era] las prevenciones requeridas en los diversos campos antes mencionados”. En términos legislativos concretos, la reforma requerida podría conseguirse mediante una nueva Ley Monetaria o mediante un decreto que expidiese el Congreso de la Unión. Es decir, un ordenamiento que, conservando en lo general, las disposiciones de la Ley vigente, modificase y pudiese regular “el cambio de denominaciones y sus efectos en las transacciones y obligaciones dinerarias” (Banco de México, 1989b, pp. 6-7).

En el texto constitucional había tres referencias a la materia monetaria. La primera de ellas, en el artículo 28 de la Carta Magna relativa a la facultad exclusiva del Estado para crear dinero mediante la expedición de billetes y monedas y la existencia de un banco central que se encargaría de su emisión. La segunda de esas referencias se encontraba en el artículo 73, Fracción xviii, en la cual se facultaba al Congreso de la Unión para establecer casas de moneda en el territorio nacional, además de determinar las características de las monedas circulantes y dictar reglas para determinar el valor de cambio de esas piezas con respecto a la moneda extranjera. Finalmente, el artículo 117, Fracción iii, contenía la prohibición para que las entidades de la Federación pudiesen crear y emitir sus propias monedas y billetes. O sea, una confirmación de que todo lo relativo a la administración de la moneda en México era una materia de carácter federal. El caso de la obsolescencia del artículo 28 era bastante complejo. De hecho, los pasajes correspondientes a la moneda respondían a la problemática ya superada –aunque, tal vez, muy importante en 1917– de garantizar que la facultad de emitir billetes fuera de la exclusividad del Estado, sin posibilidad alguna de que regresara a manos de bancos privados de emisión. Claramente, esa redacción tenía que ser actualizada, expresando que el Banco de México no era ya más “El Banco Único de Emisión” y que su naturaleza había pasado a ser la de un banco central moderno, encargado no solo de la expedición de billetes, sino también de la moneda metálica, que era la parte complementaria de la circulación general de dinero. El concepto de banco central moderno en el artículo 28 de la Constitución debía dar soporte a la realidad de una institución encargada de administrar el dinero en el país y que esa capacidad era perfectamente compatible con la prerrogativa, ya incorporada en la Ley Orgánica de 1984, de poder fijar topes no solo a la expansión primaria de los medios de pago, sino también al crédito susceptible de extenderse en apoyo del gobierno federal.

En lo relativo a las facultades otorgadas al Congreso en materia dineraria (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1917, Art. 73, Frac. xviii), la preocupación en general tenía que ver con la remoción en la redacción de las disposiciones constitucionales correspondientes de las referencias que subsistían, muy visibles, al régimen de moneda metálica con valor intrínseco pleno. Dicho régimen había empezado a desaparecer en el año 1931 por virtud de la desmonetización del oro y la transición se había consolidado en 1935 mediante la transformación de los billetes del Banco de México en las únicas piezas circulatorias con curso legal ilimitado. En otras palabras, si en México se había consolidado un régimen de moneda fiduciaria, las disposiciones constitucionales que hiciesen referencia al tema del dinero debían conciliar plenamente con ese hecho. Las facultades que se otorgasen al Congreso en materia monetaria no tenían ya que poner énfasis en la necesidad de determinar con toda precisión el contenido de metal fino (oro y plata) en las piezas circulantes y su ley o fineza, además de concentrar la atención en otros detalles de indudable mayor importancia. En primer lugar, darle consideración no solo al tema de las monedas metálicas sino también, y con mucho mayor énfasis, en lo relativo a la creación de los billetes y sus características. Todo ello, con una visión práctica del funcionamiento del dinero en una economía moderna. En cuanto a los billetes, su fácil identificación y diferenciación entre las distintas piezas, además de los elementos de seguridad indispensables para evitar su falsificación. Con respecto a las monedas metálicas circulantes, tomar especialmente en cuenta la facilidad de su manejo, tamaño adecuado para el público y, en particular, cuidar el contenido en metálico para impedir su sustracción de la circulación. Las explicadas adecuaciones debían hacerse, además de precisar las facultades del Congreso para legislar en la materia monetaria y hacer más fácil su funcionamiento. En otras palabras, contar con leyes secundarias y ordenamientos más actualizados “que rijan de manera coherente y oportuna tanto la emisión y colocación de la moneda como la determinación de sus características o condiciones de los signos monetarios” (Banco de México, 1989b, p. 11).

También la Ley Monetaria, promulgada en el año 1931, tenía en su cuerpo muchas reminiscencias del régimen de patrón monetario metálico que había existido en México desde tiempos inmemoriales. De hecho, desde la época de la Colonia. Esas reminiscencias del régimen metalista habían subsistido en el cuerpo de la legislación monetaria a pesar de las muchas reformas que se le habían introducido, sobre todo durante la década de los años treinta. En el documento se dijo que, hacia el decenio de los ochenta del siglo XX, las consideraciones eran ya obsoletas “en numerosas prevenciones”, además de presentar “lagunas importantes para resolver de manera completa la problemática” que era entonces actual. De manera complementaria, la normativa monetaria vigente se prestaba “a interpretaciones equívocas, muchas de ellas de significación inconveniente”. Aunque en la fuente citada no había mucha explicación para dar sustento a las acusaciones expresadas, algo de verdad deben haber tenido. Con muy elevada probabilidad era necesaria una actualización y modernización de la normativa monetaria en al menos cuatro campos de reglamentación. Primero, en lo relativo a la “determinación de las características de los signos monetarios metálicos”. Segundo, en lo conducente “al régimen aplicable a la contratación, pago y otras características de las obligaciones dinerarias” tanto contraídas en moneda nacional como en divisas. Tercero, en cuanto a las “prevenciones correspondientes a la seguridad de la circulación monetaria y al uso exclusivo de los signos monetarios para los fines que a ellos son propios”. Cuarto y final, respecto de las regulaciones para la desmonetización de las piezas circulatorias, tanto monedas como billetes (Banco de México, 1989b, p. 13).

En aquel momento histórico (años 1989-1990), en la práctica eran dos los problemas que gravitaban sobre el sistema monetario de México. Además, el detalle de que ambos problemas eran independientes entre sí. Por un lado, estaba la elevada denominación en todas las piezas que integraban el sistema monetario, pero en especial en los billetes. Por el otro, el excesivo peso y tamaño de las monedas metálicas. Tal vez la resolución del primero de esos problemas era más importante, pero el segundo de esos asuntos apretó mayormente por su urgencia. El costo de fabricación de las piezas circulantes (tanto de monedas como de billetes) era un dato sumamente confidencial en el Banco de México. Sin embargo, tal vez por razones de gravedad y premura, las autoridades de la institución decidieron hacer referencia a esos datos relativos a la moneda metálica en el documento “Cambio en el valor nominal de la moneda mexicana”. Con respecto a las monedas con valor facial de 1.00 y 5.00 pesos que casi ya no se acuñaban por su muy limitado poder adquisitivo, se aclaró en el documento que su costo de fabricación unitario hacia mediados del año 1989 se ubicaba, respectivamente, en 63.78 y 42.85 pesos, pero para empeorar las cosas, también en la producción del resto de las monedas metálicas del sistema se había perdido la posibilidad de generar señoreaje (el diferencial entre valor facial y el costo de fabricación de las piezas). En ese sentido, los costos de fabricación de las piezas con denominación facial correspondiente a diez, veinte, cincuenta y cien pesos se estimaba como sigue: 36.87, 79.79, 77.79 y 156.72 pesos por unidad. O sea que en esas cuatro especies circulantes el señoreaje era negativo, respectivamente, en 26.87, 59.79, 27.76 y 58.72 pesos. Eso, además del hecho de que las piezas de mayor denominación ya se encontraban en el límite del tamaño que era aconsejable manejar (Banco de México, 1989b, pp. 17-18).

En el entorno todavía de inflación significativa que prevalecía en México hacia finales de 1989, era compleja y hasta cierto punto curiosa la situación que mostraba la familia de piezas legalmente vigentes de moneda metálica. De forma por demás poco común en la experiencia monetaria del país, en ese contexto eran exactamente diez las especies con vigencia legal, aunque de ese conjunto apenas la mitad estaba efectivamente en circulación. Los casos, por su singularidad respectiva, se presentan a continuación:

  1. Monedas obsoletas. Las piezas metálicas con valor facial de 5 pesos y 1 peso ya no se expedían por su muy reducida, prácticamente agotada, capacidad de compra.
  2. Monedas de acuñación suspendida. Las piezas conmemorativas con valor facial de 200 y 5000 pesos que habían dejado de acuñarse tal vez por su elevado costo de producción.
  3. Monedas autorizadas, pero sin acuñación ni emisión. Era el caso de la pieza ya autorizada legalmente, con denominación de 1 000 pesos.
  4. Monedas en circulación. Las piezas con denominaciones de 10, 20, 50, 100 y 500 pesos (Banco de México, 1989b, p. 16).

El decreto del 23 de julio de 1990 mediante el cual se reformó la Ley Monetaria vigente resulta de muy interesante consulta desde la perspectiva actual. En términos sintéticos, mediante ese ordenamiento se autorizaron nuevos diseños –con un menor peso y tamaño– para las monedas en las denominaciones de 100, 200, 500 y 1 000 pesos. Y, con evidente clarividencia de planificación a futuro, se crearon nuevas piezas metálicas para las denominaciones de 2 000, 5 000 y 10 000 pesos. Dos comentarios merecían esa última novedad numismática. En primer lugar, la previsión que, de continuar una inflación elevada en México, en un futuro no tan lejano se requerirían monedas en esas denominaciones para reemplazar a los billetes correspondientes cuyo poder liberatorio fuera deteriorando el aumento de los índices de precios. Segundo, y de gran importancia en cuanto a la técnica de manufactura, ya que con las piezas 2 000, 5 000 y 10 000 pesos, se introdujo por vez primera en la historia monetaria de México la variante de la moneda bimetálica. En ese orden, en razón de su composición bimetálica, las piezas mencionadas ya no tendrían que ser de tamaño más grande que la última moneda monometálica en el cono, que sería la nueva especie con denominación de 1 000 pesos. De manera importante, mediante el decreto de referencia ya no se crearon nuevos diseños para las piezas en las denominaciones de 10, 20 y 50 pesos, tal vez en razón de que por el ritmo inflacionario las mismas se encontraban cerca cronológicamente de quedar fuera de la circulación (Decreto por el que se reforma el inciso b) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, 1990, pp. 2-9).

El documento presentado por las autoridades del Banco de México a la atención de la Junta de Gobierno llevó por ilustradora cabeza la de “Propuesta para la emisión de un nuevo sistema de monedas metálicas”. Con la muy buena redacción, típica en los documentos técnicos del instituto central, en el texto citado se cubrieron en su totalidad los temas relevantes relativos a la moneda metálica en México en ese momento: tamaños adecuados para las piezas, aleaciones recomendadas, diseño, denominación más baja y más alta y costos de producción. Lo que principalmente cabe destacar de las “características generales del nuevo sistema” fueron los tres principios que se buscó satisfacer en la preparación de la propuesta. Primero, “fácil manejo, diferenciación y aspecto” de las monedas; segundo, “adecuado señoreaje”; y, tercero, “bajo valor de recuperación”. Respecto de un nuevo cono de monedas de “fácil manejo, diferenciación y aspecto”, dos factores resultaron fundamentales para su cumplimiento: la opción de varias aleaciones para la fabricación de las monedas que se proponían y un avance tecnológico muy reciente para la manufactura de monedas. Con fundamento en las opciones disponibles de aleaciones, se llegó a la decisión de que las piezas de 100 y 200 pesos se acuñaran en “una aleación de color plateado” (aluminio al magnesio) y las monedas de 500 y 1 000 pesos en “una aleación dorada”, de bronce al aluminio. Las denominaciones de 2 000, 5 000 y 10 000 pesos serían bimetálicas con anillo y núcleo de distinto color. Los principios de “adecuado señoreaje” y “bajo valor de recuperación” tenían que ver de una manera directa con el tamaño de las monedas y su costo de fabricación (Banco de México, 1990b, pp. 5-7).

El principio de “adecuado señoreaje” se refería a que el valor facial de las nuevas monedas fuese claramente superior al costo de su fabricación. En un sentido directamente relacionado con lo anterior, el “bajo valor de recuperación” tenía que ver con que el valor intrínseco de la moneda (o sea, el valor de su contenido metálico) debía ser menor a su valor nominal o facial. Esto último era claramente aplicable tanto al valor intrínseco como al valor de deshecho de las piezas. De lo anterior se desprende de forma evidente que el costo de fabricación dependía de manera clave del tamaño de las monedas. De ahí la recomendación de que “el tamaño debiese ser tal que el costo asociado y contenido intrínseco permita mantener un señoreaje positivo…”. Mantener ese “señoreaje positivo durante el mayor tiempo posible, además de evitar usos no monetarios”. De manera por demás ilustrativa, en el documento consultado se presentaron estimaciones de costo de fabricación tanto para las piezas monometálicas de la nueva familia como para las piezas bimetálicas de nueva creación. Al respecto, las nuevas piezas de 100 y 200 pesos tendrían un costo de producción relativo sobre su valor nominal de 24.5 y 33. 5 por ciento. Por su parte, el costo de fabricación relativo para las nuevas monedas de 500 y 1 000 pesos se calculaba, respectivamente, en 53 y 77 por ciento. En una tendencia creciente, el costo de fabricación relativo para las piezas bimetálicas de 2 000 y 5 000 pesos se calculó en 76.8 y 97.9 por ciento y en 129.9 por ciento para la de 10 000 pesos. En el pasaje correspondiente, el documento señalaba que el nuevo esquema de monedas metálicas había permitido “reducir los tamaños de las monedas de más alta denominación” además de abrir “la posibilidad de sacar futuras monedas, como las de $20 000 y $50 000, con tamaños aceptables”. Sin embargo, debería haberse agregado en el documento que sería posible crear esas últimas piezas, pero sin “señoraje positivo” en su fabricación (Banco de México, 1990b, pp. 6-7).

De manera muy relevante, la principal razón de ser de la nueva familia de monedas fue reducir su tamaño y peso, y por ese conducto, su costo de fabricación. En cuanto a las nuevas piezas bimetálicas, su costo ya no estaría determinado por su gran diámetro y elevado peso, sino por el mayor costo inherente a la fabricación de monedas bimetálicas. Tal vez el argumento que al respecto esgrimirían las autoridades correspondientes sería que la ganancia en términos de seguridad en contra de la falsificación compensaba con creces el mayor costo de los cospeles bimetálicos. Con buen juicio práctico, como ya se ha enunciado, en el decreto mediante el cual se crearon nuevos diseños para las monedas en las denominaciones de 100, 200, 500 y 1 000 pesos se ofrecieron tres opciones de material de fabricación para cada una de ellas. La implicación era que, dada las amplias diferencias en cuanto a aleaciones elegibles, sería muy difícil realizar una estimación de los ahorros que se podían obtener en fabricación con los nuevos diseños. En parte, la incertidumbre señalada se moderó al indicarse en una sesión de la Junta de Gobierno del Banco de México de julio de 1990 las aleaciones seleccionadas, aunque no las razones para cada una de esas elecciones. Cabe suponer que la aleación de “aluminio – magnesio” para las nuevas piezas de 100 y 200 pesos y de “bronce – aluminio” para las monedas de 500 y 1 000 pesos se debió a razones de menor costo de fabricación. Dada esa información, a continuación se expone una estimación de las ganancias aproximadas que se obtuvieron en diámetro y peso mediante los nuevos diseños con respecto de sus referencias previas.

  1. Moneda de 100 pesos. La diferencia en diámetro entre la pieza anterior y la nueva resultó de casi 56 por ciento (26.5 contra 17 milímetros) y en cuanto a peso de la moneda fue de poco más de 14 veces (11.5 contra 0.81 gramos).
  2. Moneda de 200 pesos. La diferencia en diámetro resultó de 47.6 por ciento (29.5 contra 20 milímetros) y el diferencial en peso fue de exactamente 4.65 veces (17 contra 3.65 gramos).
  3. Moneda de 500 pesos. La diferencia en diámetro mostró 50 por ciento (28.5 contra 19 milímetros) y la variante en peso salió en 3.94 veces (12.7 contra 3.22 gramos).
  4. Moneda de 1 000 pesos. Diferencia en diámetro de 40.12 por ciento (31 contra 22 milímetros) y el diferencial en peso salió en 2.98 veces (14.9 contra 4.99 gramos) (Banco de México, 1990b, pp. 6-7).

En un documento interno del Banco de México de noviembre de 1992, se hizo una referencia de cierta importancia: a pesar de que las autoridades del instituto central habían presentado tiempo atrás el proyecto para modificar la unidad monetaria del país, la decisión final para su instrumentación no se acordó sino hasta el mes de junio del año referido. No hay constancia de que esa decisión se haya tomado en el seno de la Junta de Gobierno del Banco de México. Por tanto, debe haberse acordado en una instancia de superior jerarquía, presumiblemente en las oficinas de la Presidencia de la República. El marco de referencia para el proyecto “cambio de unidad de la moneda mexicana” se ubica dentro de lo que, en términos generales, el expresidente Carlos Salinas denominó en las memorias de su gobierno “programa de modernización impulsado bajo el ideario del liberalismo social…”. Se trató de una cadena larga de reformas cuya coherencia intrínseca nada tuvo que ver con el desenlace de la intensa crisis en que terminó aquella administración, 1988-1994. Un conjunto de reformas de las cuales formaron parte tanto la reforma monetaria de que se habla en el presente capítulo para “quitarle tres ceros al peso”, como, poco después, el otorgamiento de autonomía al Banco de México. De manera evidente, el Tratado de Libre Comercio (TLC) para fortalecer la apertura comercial que se había iniciado en 1985 mediante la adhesión de México al Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés) formó parte de ese programa, al igual que todos los esfuerzos de saneamiento que se llevaron a cabo para “eliminar las regulaciones que ahogaban la iniciativa de los particulares y por construir una moderna regulación del mercado”. Desde luego, la continuación del programa relativo a desincorporaciones que se había iniciado durante el sexenio de Miguel de la Madrid fue parte de esos avances y en particular el proyecto para privatizar a la banca comercial y por esas vías “reducir la deuda interna” (Salinas, 2000, pp. xii-xv, xix-xx).

En la Junta de Gobierno del Banco de México no se volvió a hablar del proyecto relativo a la “creación de una nueva unidad monetaria” hasta poco menos de año y medio, a partir de las medidas monetarias arriba explicadas, relativas al cono de moneda metálica. En la sesión celebrada por ese órgano el 25 de noviembre de 1992, el director general Mancera hizo referencia a dos documentos sobre la reforma monetaria que estaba en gestación y que se habían distribuido previamente a los integrantes de dicho foro. El primero, bajo el título de “Emisión y circulación de signos monetarios a partir del 1º de enero de 1993” y otro texto, también preparado por el Banco de México, con la cabeza de “Medidas y acciones relacionadas con el cambio de unidad monetaria”. El funcionario ponente insistió al respecto que se trataba de documentos con una finalidad tan solo informativa para los integrantes de la Junta de Gobierno. Tal vez en razón de que no se requeriría de ninguna toma de decisión relativa por parte de dicho cónclave. Sin embargo, en calidad de propuesta operativa se presentó otro texto con relación a la aprobación para emitir una nueva familia de billetes con denominaciones de 10, 20, 50, 100, 200 y 500 “nuevos pesos” para su emisión en el año 1994. También se solicitó la aprobación por parte de la Secretaría de Hacienda para el anillo perimétrico de una nueva moneda bimetálica con valor facial de 20 pesos y núcleo de 0.925 de plata pura. La moneda referida había sido creada mediante decreto del Ejecutivo y la decisión que se requería por parte de la dependencia era entre cuatro posibles aleaciones (color amarillo) para el arillo perimetral: “bronce – aluminio”, “acero recubierto de bronce”, “bronce – aluminio – hierro” y “alpaca dorada” (Banco de México, 1992b, pp. 64–69).

En el primero de los documentos mencionados se presentó una explicación muy clara y pormenorizada por parte del Banco de México respecto del plan que se había preparado para el proyecto de “cambio de unidad monetaria”. Respecto de billetes, en ese plan se planteó la emisión de cuatro familias de piezas. El billete tipo A se integraría con piezas en las denominaciones de dos mil, cinco mil, diez mil, veinte mil, cincuenta mil y cien mil pesos. La idea era que esos billetes de la familia A fueran sustituidos gradualmente en la circulación por las piezas tipo B, con igual diseño, pero con los valores faciales de diez, veinte, cincuenta y cien “nuevos pesos”. Según se aprecia, en la familia B ya no habría billetes circulantes para las denominaciones de dos y cinco nuevos pesos, las cuales serían reemplazadas por las monedas metálicas correspondientes. A continuación, se pondrían en circulación los billetes tipo C, con iguales denominaciones en “nuevos pesos”, pero con un diseño totalmente diferente. Estos billetes tipo C fueron los que se sometieron a aprobación en la referida sesión de la Junta de Gobierno en noviembre de 1992. Por último, el proceso se cerraría con los billetes tipo D, exactamente con el mismo diseño que los ejemplares tipo C, pero con la denominación expresada tan solo en “pesos”. Como quien dice, vuelta a los orígenes, pero con un cambio de unidad monetaria y modificación en el diseño general. Por el lado de la moneda metálica, el proyecto implicaría primero sustituir las monedas en circulación, tipo A, por otras con idéntico diseño, pero en las denominaciones de cinco, diez, veinte y cincuenta centavos, y uno, dos, cinco y diez “nuevos pesos” (monedas tipo B). Para cerrar, en las monedas tipo C se cambiaría totalmente el diseño y las piezas con valor facial de uno, dos, cinco, diez y la de reciente creación de veinte quedarían denominadas en pesos. Es decir, conservando el nuevo diseño, aunque eliminando en todas las piezas la palabra “nuevos” y/o la letra “N” del símbolo “N$”. Esto último, en todos los ejemplares tanto en cinco, diez, veinte y cincuenta centavos como en uno, dos, cinco, diez y veinte pesos (Banco de México, 1992b, pp. 1-2, 6).

Como se ha referido, el proyecto para cambiar la unidad de la moneda mexicana estaba preparado con mucha anticipación. Sin embargo, la decisión definitiva para la propuesta estuvo en suspenso y no sobrevino sorpresivamente sino hasta junio de 1992. Como es lógico, cada una de las instancias involucradas interpretó esa decisión desde su perspectiva y sus intereses. Por ejemplo, el presidente Salinas de Gortari la vio como oportunidad para realizar una negociación con el sector minero de producción platista y propuso la creación de la moneda bimetálica con denominación de veinte pesos y núcleo blanco en ese metal precioso. Para el Banco de México, aparentemente la decisión relativa sobrevino de manera un tanto sorpresiva, lo cual hizo imposible una planeación exacta de los inventarios de billetes para fines del año 1992. El hecho fue que, dado el imperativo de asegurar el abastecimiento del billete tipo A para el resto de 1992 y los primeros meses de 1993, lo que acabó sucediendo fue la acumulación de un inventario excesivo de esos billetes para el momento en que se pusiera en marcha el proyecto, en enero de 1993. Los números del caso son muy reveladores: del total por 682 millones de piezas del billete tipo A en inventario, el 27 por ciento correspondía a las piezas ya casi obsoletas de dos y cinco mil pesos que al ponerse en vigor la reforma irían siendo sustituidos por monedas metálicas en las denominaciones de dos y cinco nuevos pesos. El otro caso a notar era el inventario del billete de 50 mil pesos (50 nuevos pesos), en la proporción de casi 26 por ciento sobre el total. La razón de fondo para ese hecho fue que la decisión para poner en circulación el billete de 100 mil pesos se había demorado hasta noviembre del año 1991. Por lo tanto, el inventario de seguridad y la demanda normal de la pieza de 50 mil se había tenido que planear sin la emisión de la especie de 100 mil. De ahí el exceso de piezas producidas (Banco de México, 1992b, pp. 2-3).

Según el documento citado, la política idónea por parte del Banco de México para la puesta en circulación de los billetes tipo A y tipo B debió haber respondido a dos objetivos. Por un lado, para evitar desaprovechamiento y despilfarro, los billetes tipo A deberían ponerse en circulación en su totalidad. Segundo, que cuando a principios de 1994 se empezara a emitir el billete tipo C, ya existiera en circulación el menor monto posible de billete tipo A. Es decir, como se expresó en el documento mencionado, que se pudiera “minimizar la coexistencia en la circulación de los billetes tipo A, B y C”. Claramente, dadas las circunstancias prevalecientes, iba a ser muy difícil cumplir con el primero de los objetivos planteados de agotar las existencias de billete tipo A, a la vez que se permitía el desgaste natural en su uso. Pero dada esa dificultad –o tal vez, imposibilidad–, las autoridades del instituto central harían todo lo posible para conseguir que el ciclo en circulación de los billetes tipo A se agotara al término del año 1994. Es decir, que su duración en circulación se extendiera durante los años 1993 y 1994. Desde luego, en razón del hecho físico de que los billetes de denominación más baja consumen su vida útil con mayor celeridad, durarían un menor tiempo en manos del público las piezas de 10 000 y 20 000 pesos que las de 50 000 y 100 000. No obstante, era clara y determinante la decisión del Banco de México de haber recogido la totalidad de las piezas tipo A para cuando se iniciara el año 1995 (Banco de México, 1992b, p. 4).

En el contexto enunciado, resulta de particular importancia explicar la política que se tenía planeada en el Banco de México para la circulación del billete tipo B. En un pasaje importante del documento citado se habla de la política tradicional en el Banco de México de tener un inventario de seguridad de billete del 100 por ciento para cada denominación. Tal concepto debía entenderse como el cociente entre el inventario de billete de alta denominación y el total de billete en circulación. Por las dificultades que imponía el proyecto de reforma, al cierre de 1992 ese cociente sería para las especies de 50 y 100 mil pesos de tan solo 0.45 y para las piezas de N$50 y N$100 de 0.22. Pero era un riesgo de seguridad monetaria que tendría que asumirse durante aquella transición sin precedentes en México. Y en parte en razón del exceso de inventarios que había del billete tipo A, la estrategia que se decidió para la emisión del billete B resultó altamente prudente. Al respecto, a partir del 4 de enero de 1993 el billete nuevo se pondría en circulación en la proporción: 90 por ciento, billete tipo A y 10 por ciento, billete tipo B, hasta agotar las existencias de la primera de esas especies. A partir del momento en que ocurriese lo anterior, se empezaría a surtir exclusivamente billete B en el calendario que sigue:

N$10 Agosto de 1993
N$20 Agosto de 1993
N$50 Noviembre de 1993
N$100 Noviembre de 1993

Es decir, sin que en el documento citado se dijese de manera explícita, el billete tipo A estaría en realidad en circulación durante tres años. En el transcurso de 1993 y 1994 conviviendo en la circulación con el billete tipo B, siendo su momento de mayor predominio al cierre del segundo de los años mencionados. Durante 1995, el billete tipo C terminaría por sustituir en la circulación al tipo B.

La política de sustitución para la moneda metálica, aunque más sintética, resulta también digna de explicación. Aunque al cierre de 1992 se tenían en inventario monedas tipo A (en las denominaciones desde 50 a 1 000 pesos con la excepción de la especie de 200 pesos) en la cantidad de 229 millones de piezas, la política que se acordó fue la de solo emitir a partir de enero de 1993 monedas tipo B en todas las denominaciones. Ello, con excepción de la moneda bimetálica de 20 pesos de nueva creación. Únicamente en caso de una demanda extraordinaria no prevista, se sacarían a la circulación las piezas en inventario de la moneda tipo A. En cuestión de previsiones, la estimación indicaba que las monedas tipo B en las denominaciones de 10 y 20 nuevos pesos tendrían una demanda “pequeña”, en razón de que competirían en la circulación con billetes de igual valor facial. Las monedas del tipo A se retirarían de la circulación “en forma ordenada y paulatina” en el transcurso del año 1993. Respecto de las piezas del tipo A que se recogieran, la propuesta del Banco de México implicaba dos planes. Si se trataba de monedas fabricadas en bronce al aluminio o cuproníquel, recuperar los metales y con esa materia prima fabricar monedas de tipo B. Para las piezas acuñadas en acero inoxidable, el elevado costo metalúrgico de su procesamiento no justificaba el reciclaje del metal para fines monetarios. Sin embargo, el documento fue muy claro en ese sentido: el reciclaje del contenido metálico de las piezas tipo A que se fueran retirando de la circulación, estaría subordinado a la seguridad de que la demanda se pudiera satisfacer con tan solo monedas tipo B. Finalmente, en el documento no se dio noticia sobre un programa para la emisión de las monedas tipo C: “mismas características que las monedas B, pero con la eliminación de la palabra “nuevos” y/o los símbolos “N” o “N$” (Banco de México, 1992b, pp. 6-8).

El documento del Banco de México “Medidas y acciones relacionadas con el cambio de unidad monetaria” que se presentó a consideración de la Junta de Gobierno contiene una descripción muy clara de lo que fue la campaña de promoción y educación que formó parte del programa de instrumentación. Respecto de la cobertura cronológica, habiéndose recibido la luz verde para el proyecto en junio de 1992, sobre todo para la campaña de propaganda en radio y televisión las actividades se cubrieron en tres etapas. La primera, del 21 de septiembre al 14 de noviembre; la segunda, del 15 de noviembre al 5 de diciembre, y la tercera que iniciaría a partir del 6 de diciembre. De manera muy importante, en cuanto al presupuesto se informó que el costo aproximado de todo el proyecto de difusión se elevaría aproximadamente a 8 mil millones de pesos. ¿Era alta o razonable esa cantidad? La respuesta tiene mucho de discrecionalidad. Evidentemente, el monto se siente muy elevado visto desde una perspectiva individual. Pero se trataba de un proyecto gubernamental de cobertura nacional y que además se extendería durante un periodo de tiempo mayor a un año. Así que, desde esa perspectiva nacional y gubernamental, tal vez la cifra actualizada a 2023 de 7.5 miles de millones de pesos no podría sonar demasiado descabellada. A precios de 2023 y tomando en cuenta el cambio de unidad monetaria la cifra se ubica en el no modesto nivel de 7 550 millones de pesos actuales (Banco de México, s.f.-b). La campaña de promoción y divulgación para el proyecto de cambio de unidad monetaria se aplicó a través de cinco mecanismos instrumentales. El primero, ya mencionado, de una campaña en radio y televisión que, como ya se explicó, se aplicaría en tres etapas secuenciales. El segundo mecanismo instrumental sería el de medios impresos en la forma de folletos, carteles, instructivos y guiones explicativos. El tercero de esos mecanismos se aplicó por conducto de la entonces Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (Secofi) para obligar a que en el comercio y la industria los precios se expresaran simultáneamente tanto en “pesos” como en “nuevos pesos” (“N$”). El cuarto de los instrumentos se concretó en los apoyos brindados a las campañas por la banca. Por último, también debe hacerse mención del ciclo de conferencias explicativas en el que participaron tanto funcionarios de Hacienda como del Banco de México (Banco de México, 1992b, pp. 2-6).

Una faceta particularmente importante de la campaña de promoción tuvo que ver con spots explicativos y anuncios de orientación. En la primera etapa de la campaña los objetivos que se buscaron fueron dar a conocer la medida del cambio de unidad monetaria y cuáles eran sus propósitos. Durante esa primera etapa se explicó “que los precios estarían expresados en ambas unidades monetarias, que los billetes y monedas actuales se seguir[ían] utilizando y que la sustitución de unidad monetaria no afecta[ría] la situación económica de las personas”. En muy buena medida, las explicaciones y orientaciones de la segunda etapa fueron una continuación o una complementación de las dadas durante la primera era. Principalmente, explicaciones de cómo deberían pactarse en ambas unidades las obligaciones monetarias durante lo que restaba de 1992 y a lo largo de 1993, al igual que al escribirse los cheques. Las explicaciones de esa segunda etapa también hicieron referencia a la reexpresión de los salarios en nuevos pesos y en la televisión a la apariencia de los billetes y monedas tipo I y sus correspondientes de la familia tipo II. En continuación con los esfuerzos de la dos primeras etapas de la campaña, los de la tercera estarían orientados a la clarificación de una serie amplia de asuntos conexos. En lo específico, en lo relativo a “redondeo, tipo de cambio, conversión de cantidades fraccionarias, ilustración del llenado de cheques y uso indistinto de los billetes y monedas tipo I o tipo II” (Banco de México, 1992b, pp. 2-3).

Otro aspecto interesante de aquellas campañas fueron las encuestas de comprensión y aceptación que se levantaron durante el proceso. A partir de la primera semana, a finales de septiembre se inició un sondeo de opinión acerca de la campaña de comunicación. De manera paralela, también se levantó una encuesta en 3 500 viviendas en seis ciudades diferentes del país. Según el documento de consulta, los resultados de ambos ejercicios salieron satisfactorios. Por ejemplo, en un 96 por ciento los encuestados contestaron estar enterados de la medida y solo 15 por ciento manifestó no estar de acuerdo con la propuesta. De forma relevante, en un 85 por ciento los interrogados respondieron que la sustitución de la unidad monetaria no afectaría su situación económica personal y alrededor del 70 por ciento juzgó a los spots de anuncio y explicación como de buena calidad o excelentes. Más adelante, una semana después de arrancar la segunda fase de la campaña, el 19 de noviembre de 1992 se inició el levantamiento de un sondeo de opinión entre el público. En ese último sondeo, se destacó la difusión que había alcanzado entre la población el reparto de carteles informativos. En menos de un mes, se elevó de 20 a 37.7 por ciento la proporción de ciudadanos que los habían visto. Igualmente satisfactoria fue la opinión que se recabó sobre la difusión alcanzada por el folleto sobre los “nuevos pesos”, el cual fue reconocido por 32 por ciento de los encuestados. La opinión sobre la calidad de los anuncios se había mantenido elevada y una mayoría de la muestra manifestó su aprobación para la reforma monetaria que se había lanzado. En el lado negativo, mantuvo con poca modificación la proporción de personas con dificultad para realizar la traducción de cifras expresadas en pesos a “nuevos pesos” (Banco de México, 1992b, pp. 2-3).

Como se aprecia en los resultados de las encuestas y sondeos levantados, la promoción mediante medios impresos resultó complementaria a la que se llevó a cabo a través de la radio y la televisión. En cuanto a medios impresos, se destacó en particular la difusión del folleto “Nuevo peso, más práctico y más sencillo”. Se reportó la distribución de dicho folleto en casi 2.3 millones de ejemplares, los cuales se entregaron para su difusión al sistema financiero, a las entidades de la administración pública federal y a los gobiernos de las entidades federativas. También habría que destacar el cartel que se imprimió comparando los viejos billetes y monedas con los sustitutos expresados en “nuevos pesos” y que se entregaron a través de la sep a la totalidad de las escuelas del país en los ciclos de primaria y secundaria. En ese mismo orden, también se entregaron 320 mil carteles a la empresa Bimbo para hacerlos llegar por su conducto a tiendas y misceláneas en todo el territorio nacional. De particular importancia resultaron los carteles especiales que en número de 15 mil ejemplares se entregaron a las instituciones de crédito del país para ser colocados en las sucursales bancarias. Dicho cartel también se repartió a las dependencias gubernamentales con servicio al público para ser exhibido en sus expendios. Éste fue por ejemplo el caso de Correos y Telégrafos, las tiendas Conasupo, del ISSSTE y la Profeco. Para redondear el esfuerzo de promoción, a finales del año 1992 se mandó hacer otro folleto explicativo de la medida, para cuya redacción se llevaron a cabo pruebas de campo con personas adultas de bajo nivel socioeconómico y nivel educativo de primaria. La finalidad fue contar con la máxima seguridad sobre la capacidad explicativa del instrumento. De manera importante, este segundo folleto explicativo también se repartió a través de las sucursales del sistema bancario. El folleto también se tradujo al idioma inglés para ser repartido entre los turistas y, en su distribución, se convocó el apoyo de la Secretaría de Turismo (Banco de México, 1992b, pp. 3-5).

Como podrá comprenderse, el sistema bancario tuvo una participación muy importante en la instrumentación del proyecto para implantar el cambio de unidad monetaria. A manera de ejemplo, con la intervención de los bancos Bancomer, Banamex y el sistema de tarjeta Carnet, se preparó un pagaré explicativo para mostrar el monto de los pagos tanto en pesos como en “nuevos pesos”. Respecto de los sistemas de tarjetas de crédito, con el apoyo del Banco de México se produjeron dos folletos explicativos: uno para guía de los negocios afiliados y otro para los tarjetahabientes. Con fines de asesoría y seguimiento para las acciones de instrumentación, se creó, como parte de la Comisión de Operaciones de la Asociación Mexicana de Bancos, un grupo especial de trabajo con representación en el mismo de cada una de las instituciones asociadas. Dicho grupo de trabajo empezó a sesionar semanalmente desde la tercera semana de agosto de 1992. Con la finalidad de darle toda la formalidad posible a las actividades del mencionado grupo de trabajo, sus recomendaciones y acuerdos fueron dados a conocer mediante boletines oficiales de la Asociación de Bancos de México (abm), siempre revisados por las autoridades del Banco de México. Hasta finales de noviembre de 1992 se habían emitido 16 de tales boletines oficiales. En esos boletines operativos se trataron muchos asuntos de relevancia práctica, relativos a las materias de expedición y trámite de cheques, redondeo de cifras, capacitación de personal, ajustes de sistemas operativos y comunicaciones a la clientela, etc. (Banco de México, 1992b, pp. 5-6).

De manera relevante, en el índice del Informe Anual del Banco de México para 1992 se incluyó una sección dentro del capítulo “Política Monetaria y Mercados Financieros”, bajo la cabeza “Nueva Unidad Monetaria”. En el texto correspondiente se explicó que para poner en ejecución el proyecto, a principios de junio el titular del Ejecutivo había enviado a la atención del Congreso dos iniciativas, las cuales se habían aprobado y luego publicado con fecha 22 de ese mismo mes. En la citada sección se dijo, textualmente, que la nueva unidad monetaria equivaldría “a mil pesos anteriores” y conservaría la designación de “peso”. Y a continuación se enunciaron las tres etapas en que se pondría en ejecución el proyecto. También se explicaron las finalidades que se perseguirían mediante el mismo. Entre las cuestiones ahí referidas y no mencionadas antes en la presente crónica, cabe destacar la relativa a que la medida en ningún sentido tenía “relación alguna con la política económica general y con la política monetaria” en lo específico. Asimismo, se aseguró en los pasajes correspondientes del Informe Anual, en forma un tanto críptica, que el proyecto no debía considerarse “una reforma monetaria”. Ello, en razón de que su puesta en ejecución no significaría la modificación para “las condiciones de la emisión del dinero”. En cuanto a la no relación de esa medida con la política monetaria, se explicó que la misma no afectaría, en ningún sentido, “las fuentes de expansión o contracción de la base monetaria, que es el dinero puesto en circulación por el banco central”. Es decir, la medida no incidiría en forma alguna sobre esas fuentes, las cuales eran “las variaciones de la reserva internacional y el crédito interno neto del Banco de México” (Banco de México, 1993a, pp. 47-48).

Es de suponerse que la puesta en ejecución del proyecto para cambiar de unidad monetaria avanzó de manera satisfactoria de acuerdo con lo planeado. En el Informe Anual del Banco de México para el año 1993 solo se incluyó en la parte de Anexos una referencia muy breve a dos cuestiones relacionadas con la mencionada materia. Ambas merecen una reflexión de tipo analítico, pero principalmente la relativa a la desmonetización de los billetes y monedas denominados en pesos “viejos”, por así decirlo. Es decir, las piezas de la denominada Familia A. El segundo tema anunciado fue relativo a la creación de una nueva moneda bimetálica en la denominación de 50 nuevos pesos. Respecto de la desmonetización de las piezas denominadas en pesos “viejos”, cabe explicar que hacia diciembre de 1993, cuando se expidió la Resolución correspondiente, ya debió estar bastante avanzada la puesta en circulación de los billetes que se consideraban de la Familia B: con igual diseño que los de la Familia A, pero con la denominación “nuevos pesos”. De forma interesante, en el Informe Anual referido no se expusieron las razones para la mencionada desmonetización de los billetes de la Familia A, aunque sí la explicación de los procedimientos previstos para su retiro definitivo de la circulación. Tomando en cuenta que la desmonetización de los billetes de la Familia A entraría en vigor a partir del 1º de enero de 1996, de la expedición de la Resolución correspondiente (23 de diciembre de 1993) hasta la fecha mencionada el Banco de México y las instituciones de crédito seguirían canjeando en forma ilimitada esas piezas por sus alternativas denominadas en nuevos pesos, en la equivalencia oficial de mil a uno. A partir de la fecha de desmonetización se continuaría con el canje, aunque solamente por parte del Banco de México y sus corresponsales. Es decir, estaba planeado que nadie perdiera el importe de las piezas de la Familia A en su poder (Banco de México, 1994b, pp. 227-228).

Las razones operativas y legales para la desmonetización de las piezas de la Familia A se explicaron, de manera muy clara, en la sesión de la Junta de Gobierno del Banco de México del 24 de noviembre de 1993. Desde el punto de vista tanto operativo como legal, era imperativo impedir la posibilidad que subsistieran en la circulación piezas de la Familia A denominadas en “pesos”, junto con las piezas de la Familia d (de nuevo diseño) que estarían también denominadas en “pesos”. Desde los ángulos legal como monetario, era inaceptable que se pudiera dar esa posibilidad de duplicación. Implícitamente, lo que se estaba anunciando es que la emisión de las piezas de la Familia D (nuevo diseño, pero con la denominación histórica de “pesos”) tendría que iniciarse, obligadamente, a partir del momento en que se hubiera decretado la desmonetización legal de las piezas de la Familia A. De forma muy importante, en la referida sesión de la Junta de Gobierno también se explicó la justificación legal para la Resolución de desmonetización relativa a los billetes de la Familia A. El fundamento tenía que ver con la establecido en la Ley Monetaria respecto de la desmonetización de piezas ya no circulantes que hubieran formado parte del sistema dinerario del país. En la disposición correspondiente de la Ley Monetaria estaba especificado que las Resoluciones relativas a desmonetización de piezas circulantes (tanto billetes como monedas) debían ser publicadas en el Diario Oficial con al menos dos años de calendario de anticipación a la fecha en que entrara en vigor la desmonetización. La explicación de las cuestiones anteriores corrió a cargo del director general del Banco de México, Miguel Mancera, que en aquella sesión de la Junta de Gobierno se desempeñó en calidad de presidente del órgano por ausencia del secretario de Hacienda, Pedro Aspe (Banco de México, 1993b).

En el panorama de lo que fue el proyecto para cambiar la unidad monetaria, podría parecer apenas un detalle incidental la decisión de crear dos nuevas monedas metálicas en las denominaciones de 20 y 50 nuevos pesos (es decir, de 20 y 50 mil pesos en el régimen monetario “viejo”) (Banco de México, 1994b, p. 228). Una primera particularidad de esas dos monedas de nueva creación es que no se trataría de piezas “bullion” (instrumentos para inversión y coleccionismo), sino legalmente de piezas con la capacidad para circular. La segunda de las peculiaridades es que se trataría de piezas que en la circulación se traslaparían con los billetes en esas mismas denominaciones de 20 y 50 nuevos pesos y, el tercer detalle fue que ambas monedas se crearon en la modalidad de monedas bimetálicas con un núcleo en metal blanco y el arillo en una aleación dorada. Cuando en el año 1991 se llevó a cabo la modificación en el cono de monedas metálicas, se habían acordado tan solo piezas bimetálicas en las denominaciones de 2, 5 y 10 nuevos pesos. En ese contexto, pareció casi una anomalía monetaria la creación de dos monedas que se traslaparían en la circulación con los billetes correspondientes en las denominaciones de 20 y 50 nuevos pesos. ¿Qué fue lo que ocurrió tras bambalinas en ese episodio monetario? Lo que ocurrió tuvo que ver con el sui-generis estilo personal de gobernar del presidente Salinas de Gortari. Según el testimonio del entonces muy influyente periodista Luis Enrique Mercado, a ese mandatario “le gustaba negociarlo todo”. Y en esa inclinación se le había atravesado al presidente Salinas el cabildeo de los mineros platistas, quienes propugnaban por la reaparición en la circulación monetaria de México de piezas acuñadas con plata. Y dichas monedas de nueva creación de 20 y 50 N$ atenderían esa concesión arrancada al presidente Salinas, mediante el núcleo de las piezas que se fabricaría con plata (Mercado, L.E. – Turrent Díaz, E., Comunicación personal -entrevista-, 2014).