El 8 de octubre de 2008, la Comisión de Cambios, integrada por funcionarios de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y del Banco de México, y a cuyo cargo está la determinación de la política cambiaria del país, anunció (ver comunicado) que debido a las condiciones de incertidumbre y falta de liquidez en el mercado cambiario, a partir del 9 de octubre se subastarían diariamente 400 mdd con base en las características dadas a conocer en la circular 47/2008.

El 9 de marzo de 2009, se introdujo un mecanismo adicional de subastas (ver características de la subasta adicional) y se modificó el monto de las subastas de dólares con precio mínimo de 400 a 300 mdd.

El 29 de mayo de 2009, la Comisión de Cambios anunció (ver comunicado) que se reducía de 300 a 250 millones de dólares el monto de la subasta diaria con tipo de cambio mínimo a partir del 9 de junio de 2009. Finalmente, al normalizarse las condiciones en el mercado cambiario, el 9 de abril de 2010, la Comisión de Cambios anunció la suspensión de este mecanismo a partir del 12 de abril de 2010 (ver comunicado).

El 29 de noviembre de 2011, con el propósito de preservar el funcionamiento ordenado del mercado cambiario, la Comisión de Cambios anunció (ver comunicado) que se suspendían temporalmente las subastas mensuales de opciones (ver mecanismo de subastas de opciones) y se subastarían diariamente de forma preventiva, 400 mdd a través del mecanismo de subastas de dólares con precio mínimo, para proveer de liquidez al mercado de cambios en caso de que ello fuese necesario.

El 8 de abril de 2013, debido a que las condiciones tanto en los mercados financieros internacionales como nacionales indicaban que la volatilidad del tipo de cambio se había reducido, la Comisión de Cambios decidió suspender este mecanismo a partir del 9 de abril de 2013 (ver comunicado).

Los detalles más importantes del mecanismo de operación de estas subastas se resumen a continuación (para conocer todos los detalles ver circular 23/2011).

  • La oferta de dólares se realiza en tres periodos, de las 9:00:00. a las 9:05:00 para la primera subasta, de las 12:00:00 a las 12:05:00 para la segunda subasta y de las 15:00:00 a las 15:05:00 para la tercera subasta.
  • Cuando las subastas efectuadas el día hábil anterior no hubieren dado lugar a asignación, el precio mínimo de las posturas será el equivalente al resultado de multiplicar por 1.02 el tipo de cambio FIX calculado un día hábil anterior al de las subastas.
  • Cuando las subastas efectuadas el día hábil anterior sí hubieren dado lugar a asignación, el precio mínimo de las posturas será el equivalente a multiplicar por 1.02 por el precio promedio ponderado de la asignación efectuada el citado día anterior.
  • El precio mínimo será siempre el mismo para las tres subastas.
  • El monto diario no asignado no es acumulable.
  • La suma de los montos asignados en las tres subastas no podrá exceder de 400 millones de dólares.